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  • 21 marzo 2019

Vida en comunidad y la exposición a responsabilidad extracontractual por daños a terceros

El pasado 28 de febrero del 2019 la Corte de Apelaciones de Antofagasta condeno a pagar la suma de $10.000.000 a una propietaria de un departamento por los daños que una filtración de agua procedente de su inmueble causo en departamentos inferiores al de ella. El origen del conflicto que dio lugar a este fallo se encuentra en una demanda por indemnización de perjuicios interpuesta por la propietaria de 2 departamento de un edificio de la ciudad de Antofagasta, en contra de otra propietaria, quien le habría provocado daños en su propiedad por filtraciones de agua de manera constante e intencional. La parte demandada contaba con un patio interior en su departamento y en consideración de su mantención, al parecer se dejaba correr agua mas allá de la capacidad de los ductos instalados, lo que provoco filtraciones y deterioros considerables en los departamentos inferiores. Estos daños fueron corroborados por el tribunal de primera instancia gracias a videos que dan cuenta del actuar de la demandada, de la declaración de testigos y de la inspección personal del tribunal. En ese escenario el tribunal de primera instancia acoge la demanda y condena a la parte demandada al pago de una indemnización total de $7.565.474, monto que incluye daño moral y emergente, siendo rechazado lo referente al lucro cesante. Respecto de esta sentencia, ambas partes presentan recursos de apelación. La parte demandada solicitando sea acogida la demanda en todas sus partes y la parte demandada solicitando el rechazo de la misma. La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechaza en todas sus partes lo apelado por la parte demandada, considerando que no procede rebajar los montos condenados por concepto de indemnización y menos aun rechazar la demanda interpuesta, en consideración de la prueba aportada que acredita fehacientemente que las filtraciones de agua procedían del departamento de la demandada y fueron los causantes de los daños en la propiedad de la demandante. Po su parte, respecto de la apelación de la parte demandante, la Corte considera insuficiente el monto condenado en primera instancia y decide aumentarlo a la suma de $10.000.000 por daño moral, lo cual debe acumularse al monto de $2.565.474 por concepto de daño emergente. Este caso es un ejemplo de las consecuencias de vivir en comunidad sin consideración del derecho de propiedad de los demás copropietarios que comparten un espacio común. La responsabilidad extracontractual otorga protección a aquellas personas afectadas por actos de terceros y sus consecuencias gravosas.

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