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  • 27 noviembre 2018

Se confirma sentencia contra seremi de salud por uso indebido de marca

Con fecha 4 de octubre del presente año la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió, de forma unánime, confirmar la sentencia de primera instancia que ordenó a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Magallanes cesar inmediatamente en el uso ilegal de la expresión "101 palabras". Lo anterior, debido a la demanda presentada por parte de Asesorías Profesionales Limitada, sociedad que trabaja junto a la Fundación Plagio en la producción, organización y promoción de concursos literarios y artísticos, siendo uno de esos proyectos Santiago en 100 Palabras”, el que consiste en un concurso de cuentos breves en que la ciudadanía puede participar presentando sus creaciones las cuales no pueden exceder de 100 palabras. Tal fue el éxito de aquel proyecto que Asesorías Profesionales Limitada expandió su concurso a distintas regiones de Chile, registrando diversos signos con la denominación 100 palabras”, percatándose que la SEREMI de Magallanes promocionaba un concurso de similares características utilizando las palabras 100 palabras”, ante lo cual se notificó al SEREMI, quien decidió continuar el concurso bajo la denominación 101 palabras”. Así las cosas, la sentencia de primera instancia sostiene que no hay más hechos relevantes que este tribunal debe considerar para resolver el conflicto pues los agregados de fojas 51 a 63 y de fojas 65 a 72, no objetados, sólo se refieren a hechos pacíficos, a saber, que la demandada organiza un concurso literario en Magallanes llamado ‘Lactancia Materna en 101 Palabras'. Y de tales presupuestos fácticos surge claramente que existe identidad de marcas pues ‘101 Palabras' es similar -en realidad es prácticamente idéntica- a ‘100 Palabras' de propiedad de la actora”. Además, se tuvo por probada tanto la mala fe como la identidad de servicios prestados. Lo primero, porque en un principio la demandada utilizó directamente ‘100 Palabras' y sólo lo cambió al recibir el reclamo de la demandante pero, en vez de reemplazar la estructura completa de la frase, decidió dejarlo igual por la vía de sustituir ‘100' por ‘101'”; y lo segundo, en razón de que ambas expresiones están siendo utilizadas para un concurso literario, lo que está amparado en la marca registrada ‘100 Palabras' de la demandante y en lo que ésta ha ganado un prestigio y un reconocimiento que, en todo caso, es un hecho público y notorio que no requiere de prueba”. El Estudio Jurídico Ruiz Salazar SpA cuenta con vasta experiencia asesorando a personas y empresas en diversas materias de propiedad industrial. Si usted o su empresa requieren asesoría, lo invitamos a acercarse a nuestras dependencias o escribirnos a contacto@ruizsalazar.cl y conseguir el apoyo legal necesario para su negocio.

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