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  • 08 febrero 2023

¿Qué puedo registrar como marca?

Actualmente en nuestro país vivimos con un modelo de libre mercado, lo que nos lleva a relacionamos día a día con una cantidad ilimitada de estímulos con los cuales identificamos ciertos productos y/o servicios que consumimos, como también establecimientos comerciales e industriales, ya sea por sus beneficios, cualidades, características o simplemente porque nos gusta por sobre otros. Estos estímulos pueden ser visuales o sonoros y a medida que lo vemos en diversas ocasiones van quedando grabados en nuestro cerebro y es así como empezamos a consumirlos de alguna u otra forma. Estos signos por regla general son creados con colores y formas únicas que lo hagan identificables en cualquier circunstancia y lugar, es lo que conocemos hoy como marca comercial. En términos coloquiales entendemos como marca cualquier signo creado por un ser humano capaz de identificar un producto, sin embargo es la Ley 19039 en su artículo 19 que establece que debemos entender como marca comercial: Todo signo que sea susceptible de representación gráfica capaz de distinguir en el mercado productos, servicios, o establecimientos industriales o comerciales”, el mismo artículo indica a modo ejemplar que dichos signos podrán consistir en palabras, incluidos los nombres de personas, letras, números, elementos figurativos como gráficos, símbolos y/u combinación de estos signos y colores. En consideración a lo anterior las marcas comerciales podrán registrarse como marcas denominativas, que son aquellas que están compuestas por letras o palabras, las que pueden o no significar algo, puede ser desde un nombre de persona, hasta con conjunto de letras sin significado, en segundo lugar existen las marcas etiquetas o logo, que son aquellas que consisten solo en dibujos o elementos figurativos, la condición es que no tengan ni una sola letra, en tercer lugar encontramos las marcas mixtas, que tal como su nombre lo indica se trata de una mezcla de las marcas anteriormente explicadas, es decir constan de un logo (símbolo o dibujo) acompañado de un conjunto de letras y por último tenemos las marcas menos conocidas, pero igualmente importantes, las marcas sonoras, que son aquellas que consisten en una melodía y que deben registrarse por medio de un registro sonoro y descripción gráfica de la misma, según lo dispuesto en el artículo 10 letra e) del Reglamento de la Ley de Propiedad Industrial. En consecuencia existen varias formas de proteger tu marca comercial, no necesariamente con palabras, ya que a veces es más productivo para un negocio registrar como marcas etiquetas, mixtas o sonoras que las hacen más reconocibles e identificables en el mercado que se desarrollan, sin embargo es siempre relevante solicitar a un experto en el área su asesoría y un informe de factibilidad para asegurar el éxito del registro de tu marca.

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