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  • 29 noviembre 2019

Proyecto de ley pretende modificar la regulación de la autorización judicial para salida del país

Proyecto de modificación a la ley 20.983 propone establecer una autorización para salir del país sin limite en contra del padre o madre negligente en cuanto a las obligaciones de alimentos y visitas a favor del hijo. En la actual legislación (que consta en la Ley de menores 16.618, la cual fue modificada por la ley 20.383), aquel menor de edad que desee salir del país ha de cumplir con ciertas formalidades para conseguirlo. Así, si el niño, niña o adolescente viaja con ambos padres, ha de acreditar en Policía Internacional a su salida que viaja en compañía de sus progenitores (con el respectivo certificado de nacimiento o libreta de matrimonio tratándose de hijos de filiación matrimonial) mientras que si viaja con solo uno de los padres, deberá contar con el permiso del otro, requiriendo el permiso de ambos padres si viaja solo o acompañado de terceras personas. A mayor abundamiento, si el progenitor que no viaja con el hijo no desea dar la autorización (la que ha de efectuarse vía notarial) y se opone al viaje, esta ha de solicitarla a través de un procedimiento ante Juzgados de Familia, acreditando el beneficio del viaje para el hijo, las fechas de ida y retorno y el destino de este. Dadas las facilidades que existen hoy para un mejor acceso a las salidas fuera del país, existen muchos menores de edad que ven obstaculizadas- o derechamente nulas- sus posibilidades de viajar fuera de las fronteras cuando existe un progenitor ausente o uno que, sin motivo o con el solo objeto de obtener otro tipo de beneficios, se niega sin motivo alguno a dar la autorización pertinente. Respecto de esto ultimo, es muy habitual que quienes adeudan pensiones de alimentos, soliciten la condonación de los montos o las rebajas de la pensión a cambio de dicha autorización, lo que ciertamente vulnera las garantías fundamentales de los niños en esta situación. Para evitar este tipo de situaciones, la ley ya menciona que el juez podrá dar un permiso extendido solo por 2 años y por una salida de máximo 15 días respecto de aquellos casos en que el progenitor que se niega a dar la autorización incumpla con su obligación de alimentos o de régimen de relación directo y regular. Sin embargo, aquel plazo es demasiado corto y sus excepciones demasiado especificas para que constituyan una real solución a este problema de manera que fue presentado un proyecto de ley que tiene por objeto flexibilizar la posibilidad del padre o madre diligente de salir fuera del país con un menor de edad sin la autorización del padre o madre que no se encuentre cumpliendo con las obligaciones legales con sus hijos. Para ello, se propone modificar la ley 20.983 en los siguientes puntos: 1) Establecer una autorización judicial sin límite de tiempo en cuanto a sus efectos, en caso del padre o madre que no cumpla con la relación directa y regular y/o obligación de alimentos para con sus hijos. 2) Aumentar el tiempo máximo que el menor puede estar fuera del país de 15 a 30 días. 3) Ampliar la aplicación de este artículo no solo al padre o madre negligente en cuanto a las obligaciones referidas a la relación directa y regular, sino además a la obligación alimentaria. De esta forma se propone una nueva manera de sancionar a los padres que no cumplen con este deber, así como facilitarle la vida tanto al menor como al padre o madre que cumplen la difícil tarea de educar y sacar adelante a sus hijos sin el apoyo del otro progenitor.

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