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  • 10 abril 2018

Proyecto de ley permitiría demandar el divorcio por cese de convivencia en el domicilio del demandante

El 15 de Marzo del presente año, fue ingresado por la Cámara de Diputados un proyecto de ley en materia de Derecho de Familia, el cual busca modificar la actual ley 19.947 de Nuevo Matrimonio civil en relación al Divorcio por cese de convivencia o Divorcio Unilateral con el objeto de permitir que la demanda de divorcio pueda ser presentada en el domicilio del demandante o quien solicita el divorcio. La actual legislación respecto de la competencia territorial del divorcio unilateral, es decir en el que operan 3 años de cese de convivencia sin reanudación de la vida en común, sigue la regla general en materia de domicilio de interposición de la demanda el cual corresponde siempre al domicilio del demandado. Es decir, si el cónyuge que desea demandar el divorcio vive en Santiago y la cónyuge vive en Punta Arenas, la demanda ha de ser presentada en el tribunal de Punta Arenas y no en el de Santiago pues sería incompetente. El proyecto en mención, busca alterar dicha norma con el objeto sea posible que una persona demande el divorcio en el tribunal de su domicilio, ordenando este tribunal notificar simplemente de dicha petición a la contraria en el domicilio que este tenga para la tramitación del proceso. Las motivaciones de dicho proyecto de ley dicen relación con la dificultad o imposibilidad que actualmente tiene aquel cónyuge que desconoce el domicilio de su cónyuge dado el tiempo prolongado de su separación, o que simplemente no puede incurrir en los gastos de tener que realizar una tramitación a kilómetros de distancia de su domicilio, para disolver un matrimonio en el cual efectivamente se cumplen todos los requisitos para la declaración del divorcio. Siguiendo con el espíritu de la legislación instaurada con la nueva Ley de Matrimonio Civil del año 2004, se pretende siempre hacer posible la disolución del vinculo matrimonial cumpliéndose los requisitos legales con el objeto de no obligar” a una persona a estar casada con otra, situación que en la práctica se condice con la actual legislación en materia de territorio donde ocurre que una persona no podría divorciarse de otra sin conocer su actual paradero o por no poder trasladarse al domicilio de esta (considerar casos de zonas extremas, otros países, etcétera) lo que podría ser subsanado con esta moción. Dicho proyecto se encuentra actualmente en el primer trámite constitucional a ser analizada por la comisión de la misma Cámara

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