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  • 19 diciembre 2019

Potencial suspensión para proyecto que reduce la jornada laboral

El comentado proyecto de ley que pretende reducir la jornada laboral, tramitado en el boletin Nº 11179-13-2, el que se encuentra actualmente en la cuenta del proyecto dento de la comisión de Trabajo y Previsión Social, ha sufrido un impasse debido la recomendación de la mesa técninca del ejecutivo para suspender tramitación en razón del delicado contexto economico que vive el pais.Asunto que ha generado diversas reacciones dentro del senado. El proyecto modifica principalmente l capítulo IV del título I del Libro I del Código del Trabajo: 1. El artículo 21 del Código del Trabajo define jornada de trabajo como el tiempo en que el trabajador debe prestar efectivamente” los servicios en conformidad al contrato, pero en el inciso segundo del mismo señala que también se computará como jornada de trabajo el tiempo en que el trabajador se encuentra a disposición del empleador sin realizar labor, por causas que no le sean imputables. En este sentido, el adverbio efectivamente” no tiene más efecto que matizar la regla del inciso segundo. Además, este proyecto de ley establece que el tiempo de colación se considerará parte integrante de la jornada de trabajo, motivo por el cual debe ser eliminado. 2. Este proyecto de ley modifica al artículo 22 del Código del Trabajo. Este último establece una jornada de trabajo de cuarenta y cinco horas semanales; el proyecto introduce una disposición para reducirlo progresivamente hasta las cuarenta horas semanales (8 horas diarias si se distribuye en cinco días, o bien, 6 horas 40 minutos diarias si se distribuye en seis días). La modificación al artículo 28 del Código del Trabajo supone una modificación del régimen descrito en el inciso segundo de un máximo de diez horas a ocho horas. 3. El artículo 24 del mismo Código establece un régimen especial para los días de navidad en el que el empleador puede extender la jornada en dos horas. Respecto de esto, debiera mediar un acuerdo con el trabajador, no debiera ser una facultad del empleador. El proyecto de ley modifica la norma en este sentido. 4. El proyecto de ley modifica la media hora de colación por una hora y establece que se considerará tiempo trabajado. El Estudio Jurídico Ruiz Salazar SpA cuenta con vasta experiencia asesorando empresas y contribuyentes en confección y restructuración de empresas de inversión. Si usted o su empresa requieren apoyo en la revisión o confección de estos contratos lo invitamos a acercarse a nuestras dependencias o escribirnos a contacto@ruizsalazar.cl y conseguir la asesoría legal necesaria para su negocio.

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