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  • 23 diciembre 2021

Modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo para el cuidado de niños y personas con discapacidad

Sin duda una medida que se alinea con la vida familiar y el trabajo, más aún cuando hay niños de por medio y una situación particular como es la pandemia. Por otro lado, diversos estudios respaldan que la modalidad de teletrabajono merma la eficiencia de los trabajadores y se presenta como una muy buena opción para fidelizar y retener talentos, que va más allá de un aumento salarial” La nueva ley 21.391 establece ciertos casos en que los trabajadores tendrán derecho a trabajar a distancia, cuando la autoridad declare estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública o una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia a causa de una enfermedad contagiosa. Estos casos son: Si la autoridad declarare estado de excepción constitucional o una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia a causa de una enfermedad contagiosa, el empleador deberá ofrecer al trabajador que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña en etapa preescolar, la modalidad de teletrabajo. Si ambos padres son trabajadores y tienen el cuidado de un niño o niña, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá hacer uso de este beneficio. Mismo derecho gozarán las personas que tienen a su cuidado personas con discapacidad lo cual se acreditará a través del respectivo certificado de inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad o a través de la calidad de asignatario de pensión de invalidez. Si la autoridad declarare estado de excepción constitucional, una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia a causa de una enfermedad contagiosa, o adopte alguna medida que implique el cierre de establecimientos de educación básica o impidan la asistencia, el empleador deberá ofrecer la modalidad de teletrabajo a los trabajadores que tengan el cuidado personal de al menos un niño o niña menor de doce años que se vea afectados por tales medidas. Para hacer efectiva alguna de las opciones anteriores, los trabajadores deberán entregar al empleador una declaración jurada que indique el motivo por el cual solicita que su trabajo se realice a distancia o teletrabajo. Respecto de estas opciones, y en general en lo relativo al teletrabajo, esta modalidad laboral mostró una nueva forma de ver el sistema laboral, ya que ahora no es necesario ir a una oficina o lugar establecido para cumplir con las funciones y tareas de buena manera, ya que la opción de que todos los padres o madres que tengan hijos menores hasta 12 años o con personas con algún tipo de discapacidad, que tienen a cargo de estas personas, en cualquier situación extrema, como es una pandemia, y donde no puedan concurrir a ninguna asistencia escolar y demás, puedan continuar tele-trabajando, sin afectar en absoluto su remuneración, es un gran avance en materia laboral. Por lo que, al dictarse esta nueva ley se dan opciones a que los trabajadores puedan seguir trabajando, cuidando a sus hijos, estando cerca de la familia, pero sin afectar en nada lo que está relacionado al ámbito del trabajo. Esto es, claramente, un gran paso para Chile, y además, un gran paso para seguir liderando y marcando hitos en la región, y ojalá que otros países lo puedan replicar. Sin embargo, aún queda bastante por avanzar en materia de legislación que permita regular los horarios de trabajo y gastos asociados a esta modalidad por parte del trabajador, quien debe implementar un espacio y condiciones para poder llevar a cabo sus funciones desde sus casas. Joaquín Andrés Otero Vivanco Abogado Laboral

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