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  • 24 abril 2020

Ley 21.225 “Establece medidas para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas"

Ley 21.225 Establece medidas para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas por el impacto de la enfermedad covid-19 en Chile” El dia 02 de Abril de 2020 se publicó la ley Numero 21.225 o bien denominada Ley Bono Covid-19”, la cual beneficiará a familias vulnerables y Pymes; y las ayudará a mitigar los impactos económicos de la pandemia que afecta a Chile y el mundo. QUIENES SERAN LOS BENEFICIARIOS DEL BONO COVID-19? Es importante destacar que este bono Covid-19” no se postula y los beneficiados serán las personas que cumplan con alguna de las siguientes características: • Familias que reciben Subsidio Familiar (SUF). El bono será por cada causante del subsidio debidamente acreditado al 29 de febrero de 2020. • Familias que son parte del Sistema Seguridades y Oportunidades (SSyOO), y que no tengan causantes del SUF. Deben haber estado incorporadas en ese subsistema al 29 de febrero de 2020. El subsistema además incluye a adultos mayores del programa Vínculos; niños, niñas y adolescentes del programa Abriendo Caminos, además de beneficiarios y beneficiarias del programa Personas en Situación de Calle. • Hogares pertenecientes al 60% más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH), que no tengan ingresos formales por trabajo ni por pensión, que no tienen cargas y que no son beneficiarios del SUF, de SSyOO, ni de la Asignación Familiar. Estos hogares deben haber estado en esa condición al 1 de abril de 2020. En caso de pertenecer a más de uno de esos grupos, los bonos no se suman. Ejemplo: si una persona tiene causantes de Subsidio Familiar (SUF) y al mismo tiempo está en el Subsistema de Seguridades y Oportunidades (SSyOO), recibirá el Bono COVID-19 correspondiente al grupo de personas con SUF. Este bono no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno. QUIéN Y CUANDO SE PAGA EL BONO? A las personas que tengan CuentaRUT de BancoEstado, el bono se depositará en esa cuenta, lo que realizara el Instituto de Prevision social; de la siguiente manera: • 17 de abril: familias que reciben el Subsidio Familia (SUF) y también las que están el Sistema de Seguridades y Oportunidades (SSyOO). • 18 de abril: Hogares pertenecientes al 60% más vulnerable. Las personas sin cuenta bancaria, se le pagará de manera presencial a partir del lunes 20 de abril en locales de Caja Los Héroes y BancoEstado RECLAMOS? El Instituto de Previsión Social conocerá y resolverá los reclamos relacionados con las materias del bono que establece esta ley, de conformidad con lo establecido en la ley Nº 19.880, y de acuerdo a las normas que imparta la Superintendencia de Seguridad Social, a quien le corresponderá la fiscalización del otorgamiento y pago del bono. Quienes perciban indebidamente el bono se les aplicarán las sanciones administrativas y penales que pudieren corresponderles. Además, el infractor deberá restituir las sumas indebidamente percibidas. El plazo para reclamar por el no otorgamiento del bono establecido en esta ley será de un año, contado desde la publicación de la ley.

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