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  • 27 marzo 2023

Las estadísticas a tres meses de la entrada en vigencia del registro de deudores: llega a los 39 mil inscritos, y deudas superan los 47 mil millones de pesos

A tres meses de su entrada en vigencia, la Ley 21.389 alcanzó 30.357 personas inscritas, de los cuales el 97,08% son hombres, y el 2,92% son mujeres. Estas estadísticas, sin duda, comprueban la necesidad de establecer nuevos mecanismos para lograr el pago efectivo de los alimentos. El 18 de noviembre del año 2022, comenzó a regir la nueva Ley de Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias, plataforma online que es controlada por el Registro Civil y que contiene un listado de personas morosas de una o más pensiones. Al respecto, este registro contempla una serie de medidas o apremios para asegurar el pago completo de la deuda para quienes figuran como morosos, las cuales se encuentran completamente activas (y son a modo ejemplar: la retención de la devolución de impuesto, y parte de los créditos bancarios de 50 UF o más; la negativa a renovar la licencia de conducir y el pasaporte; la inhabilidad de percibir algunos bonos estatales, entre otros). Se debe hacer presente además, que, a la luz de esta nueva normativa, el medio idóneo de pago de las pensiones alimenticias es la retención judicial del empleador, lo que podrá solicitarse directamente ante el Tribunal de Familia correspondiente, siempre que la persona que provea de alimentos, tenga un contrato de trabajo actual o un contrato de prestación de servicios, lo que se retendrá mensualmente de las boletas de honorarios emitidas por el Servicio de Impuestos Internos. En este sentido, para hacer efectivo el ingreso de los deudores, los mismos deberán adeudar tres meses continuos y/o cinco discontinuos, requiriendo además que el Tribunal, en la causa de cumplimiento, liquide la deuda, ya sea de oficio o a petición de alguna de las partes. Finalmente, necesitarás que los alimentos sean convertidos en UTM, toda vez que en virtud de la dictación de la nueva ley, esta será la unidad de cuenta idónea para hacer el reajuste tratándose de los alimentos. Ahora bien, respecto de las estadísticas de este sistema electrónico, a tres meses de su funcionamiento, ha dejado en evidencia que existen 39 mil inscritos en el Registro, y su morosidad alcanza los $55 mil millones de pesos; es decir, cifras que son del todo preocupantes a la luz de dictar nuevas políticas públicas que aseguren el cumplimiento del pago de las pensiones alimenticias. Aquella situación,  ha movilizado a nuestros legisladores a dictar nuevas normas en la materia, sumándose en mayo próximo, la entrada en vigencia de la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones Alimenticias, que permitirá la retención de los fondos de AFP del deudor, e incluso, a través de los fondos que el deudor tenga en sus cuentas bancarias, existiendo a la fecha, algunos Tribunales de Familia que ya están permitiendo la retención de los fondos de los morosos, requiriendo en lo ideal un profesional en la materia que lo gestione de la manera más eficiente. Con todo, si te encuentras moroso de pensión de alimentos o si te adeudan montos de pensión, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, a fin de brindarte la mejor asesoría en la materia y desplegar los mejores mecanismos legales para poder ayudarte.

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