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  • 06 abril 2021

El orden de los apellidos de nuestros hijos se podrá elegir

...Durante el pasado mes de enero del presente año se aprobó en general por el Senado el proyecto de ley que busca permitir que los padres, de mutuo acuerdo, elijan el orden de los apellidos de sus hijos, abriendo la posibilidad de que el apellido de la madre sea consignado primero que el del padre. El proyecto en cuestión fue ingresado en el año 2005 sin haber tenido ningún avance significativo en casi 16 años, por lo que su aprobación por el Senado resulta especialmente significativa así como por el número de senadores que aprobaron la idea de legislar sobre el proyecto, teniendo solo un voto en contra. La Comisión de Mujer y Equidad de Género, creada en 2018 fue una de la responsables del avance que tuvo el proyecto en los últimos meses ya que solicitaron que se diera curso a su tramitación ante la Comisión de Derechos Humanos, lo que permitió, en definitiva, a la presidenta del Senado dar prioridad en la tabla para que se votara por este proyecto. Bastante se ha hablado del gran cambio cultural que este proyecto puede representar una vez que sea promulgado, ya que abre la posibilidad de cambiar el establecimiento patriarcal que existe en el orden de los apellidos de los nacidos en nuestro país, pero es de destacar que el proyecto ya tiene varios años, por lo que requiere revisiones para adecuarlo a la realidad actual. Por ejemplo, el proyecto sólo permite que el apellido de la madre sea consignado primero cuando ambos padres, actuando de común acuerdo lo soliciten, dejando intacta la norma en caso de controversia o conflicto, es decir, si no hay acuerdo, se mantiene el apellido paterno como primer apellido. Es probable que este último punto sea uno de los más relevantes a revisar por la Comisión de Mujer y Equidad de Género, ya que nuestro país ha cambiado mucho desde la fecha de ingreso del proyecto en el año 2005, sin que exista tampoco justificación racional para mantener la norma supletoria que mantiene el apellido del padre como primer apellido en caso de que no haya acuerdo de los padres. A título personal, como estudio jurídico podemos indicar que estadísticamente nos enfrentamos mayormente a casos de familias monoparentales lideradas por la madre, existiendo una fuerte ausencia paterna, con lo cual, este proyecto de ley podría mejorar el sentido de identidad de aquellos menores de edad que son criados únicamente por la madre, sin que exista una figura paterna presente a nivel emocional. Si bien, el proyecto en cuestión aún se encuentra en etapas muy preliminares, consideramos que es un gran avance en materia de equidad que se produzca su avance en estos tiempos y esperar que el mismo vea la luz como ley dentro de un tiempo prudente. Leticia Campos Garnier Abogada Civil

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