Toda empresario o emprendedor que realice negocios en nuestro país, tendrá…"> Toda empresario o emprendedor que realice negocios en nuestro pa&ia…"> Blog & Noticias | De la competencia desleal
Claro Oscuro

Nuestro principal objetivo es dar una solución óptima y accesibe a todas tus necesidades juridicas. Amamos lo que hacemos!

Medios de contacto

Llámenos
+56 228986030
Correo Electrónico
contacto@ruizsalazar.cl
Blog & Noticias

Blog & Noticias

  • 28 febrero 2018

De la competencia desleal

Toda empresario o emprendedor que realice negocios en nuestro país, tendrá plena certeza del significado de la libre competencia. Concepto que permite competir por clientela en cualquier rubro económico, ya sea mediante técnicas de mercado, optimización operacional, estructura de negocios y un sinfín de elementos que generan el surgimiento de algún emprendimiento u ocasionan el perecimiento de otros, todo en aras de los vaivenes del mercado. En dicho contexto y con el fin de proteger la actividad competitiva, el legislador ha determinado mediante el Decreto Ley N°211 de 1973 y sus sucesivas modificaciones, una legislación que busca promover y defender la libre competencia en los mercados, así como corregir, prohibir y reprimir los atentados contra la libre competencia en las actividades económicas, incluyendo actuaciones predatorias, colusiones y otros, normativa diseñada para grandes competidores de algún rubro, es decir, aquellos empresas cuyas acciones puedan generar eventuales daños a toda la actividad económica o afecten a todo el mercado de consumidores, a nivel general y no particular. La defensa de actores específicos o privados, generalmente empresarios, la encontramos en la ley Nº 20.169, que regula la competencia desleal”. Dicha ley tiene por objeto proteger la libre competencia pero en condiciones de igualdad, salvaguardando la ruda pero honesta competencia, y atacando las conductas desleales que entorpezcan la actividad competitiva por medios ilegítimos, reparando la posición del actor perjudicado. Mayormente nos encontraremos frente a actos de competencia desleal cuando algún agente económico ejecuta conductas contrarias a la buena fe o a las buenas costumbres por medios ilegítimos para desviar clientela de su competidor. Conductas que aprovechen indebidamente la reputación ajena, induzcan a confusión al cliente, utilicen logos, marca o publicidad ajena, comparen falazmente productos, abusen manifiestamente de acciones judiciales entre otros actos que pueden tener el catastrófico efecto de sacar ilegalmente a un competidor de un mercado o generar un daño económico del cual la empresa no podrá recuperarse. La conducta descrita previamente, suele presentarse con mayor frecuencia en empleados o ex trabajadores de empresas o pymes, de rubros altamente especializados. Quienes mediante actos ilícitos, como el robo de base de datos de su empleador, boicot a las estructuras organizacionales de la empresa o por medio de negociaciones ilegitimas con clientes, fuerzan la desviación de clientela a su emprendimiento propio. Sin embargo, nuestra legislación ofrece diversas vías para proteger a su empresa de actos de competencia desleal, sean estos realizados por terceros o sus propios empleados. Alternativas laborales, civiles o de propiedad intelectual permiten cubrir su esfuerzo de potenciales actuaciones ilegitimas. El Estudio Jurídico Ruiz Salazar SpA cuenta con vasta experiencia asesorando empresas y emprendedores en todas las áreas de derecho necesarias para operar con seguridad y tranquilidad dentro de un mercado. Si usted o su empresa consideran que han sido víctimas de actos de competencia desleal, incurriendo en pérdidas financieras o se encuentran en búsqueda de una adecuada protección jurídica, lo invitamos a acercarse a nuestras dependencias o escribirnos a contacto@ruizsalazar.cl y conseguir la asesoría legal necesaria para su negocio.

Compartir: