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  • 01 julio 2021

CMF publica documento para la protección del cliente financiero

..."El estudio refleja la visión de la Comisión y el Consejo que la representa para efectos de fijar límites en materia de protección de clientes financieros, estableciendo parámetros o principios comunes a estas entidades"... Los principios son aplicables a bancos, compañías de seguros, administradoras generales de fondos, corredores de bolsa, agentes de valores, agentes de administración de mutuos hipotecarios, emisores de tarjetas de pago y crédito bancarias, corredores de seguros y liquidadores de siniestros. Los principios en comento corresponden a los siguientes: i) Trato justo a los clientes de entidades financieras ii) Adecuada gestión de conflictos de interés iii) Protección de la información de los clientes iv) Transparencia en la comercialización y publicidad de productos financieros v) Gestión diligente de reclamos y presentaciones El objetivo de establecer principios comunes para las instituciones antes señaladas, nace con motivo de efectuar una supervisión integrada efectuada por el órgano fiscalizador que corresponde a la CMF. En atención a eso, se busca orientar a los agentes de mercado para reevaluar sus políticas y prácticas de gobernanza que resguarden y garanticen una adecuada protección de los derechos del cliente financiero, y en consecuencia promueven la confianza y fortaleza de la industria. Al respecto debemos recordar que la CMF se encuentra regulada bajo la ley 21.000, la cual señala en su articulado que corresponde a un servicio público descentralizado de carácter técnico, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda. Entre sus principales funciones encontramos el correcto funcionamiento, desarrollo y estabilidad del mercado financiero, facilitar la participación de los agentes de mercado, promover el cuidado de la fe pública. Para efectos de cumplir sus objetivos la ley contempla que la Comisión deberá mantener una visión general y sistémica del mercado considerando los intereses de los inversionistas, depositantes y asegurados, así como el resguardo del interés público. A su vez la comisión deberá velar por que los fiscalizadores, ya sean personas o entidades cumplan con las leyes, reglamentos, estatutos y otras disposiciones que los rijan. En atención a esto la legislación de valores entrega instrumentos de enforcement” es decir de cumplimiento para el castigo o remedio en caso de infracciones, tanto públicos como privados. Este enforcement” busca desarrollar una estrategia adecuada para enfrentar a los agentes económicos que están dispuestos a infringir la ley según los costos y beneficios esperados que deriven de cada alternativa. La aplicación de sanciones es la que brinda los incentivos mas fuertes para que empresas e individuos observen la regulación y sean disuadidos de su incumplimiento. Para mayor información, no dude en contactar a nuestra área Corporativa/Tributaria. Benjamín Costa Saavedra área Corporativa/Tributaria

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