No es inusual conocer casos en que las personas acuden a las instituciones bancarias co…"> No es inusual conocer casos en que las personas acuden a las instit…"> Blog & Noticias | Bancos rechazan la apertura de mi cuenta corriente ¿qué puedo hacer?
Claro Oscuro

Nuestro principal objetivo es dar una solución óptima y accesibe a todas tus necesidades juridicas. Amamos lo que hacemos!

Medios de contacto

Llámenos
+56 228986030
Correo Electrónico
contacto@ruizsalazar.cl
Blog & Noticias

Blog & Noticias

  • 10 abril 2023

Bancos rechazan la apertura de mi cuenta corriente ¿qué puedo hacer?

No es inusual conocer casos en que las personas acuden a las instituciones bancarias con el fin de solicitar la apertura de una cuenta corriente y ésta es denegada. La negativa emitida por los bancos puede ocurrir por diversos motivos, pero aquéllos deben ajustarse a los parámetros que manejen en sus políticas internas.  Sin embargo, también existen casos en que personas reciben negativas a sus solicitudes totalmente injustificadas y muchas veces desconocen la implicancia de ello y las herramientas legales con las que cuentan para revertir dicha decisión.  En directa relación con lo anterior, ilustrador resulta el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago. El cual se negó a la apertura de una cuenta corriente de una persona, sosteniendo que la mujer del solicitante posee un “informe comercial desfavorable”. Ante ello, se presenta un recurso de protección en contra del banco.  Ante el supuesto actuar arbitrario e ilegal de parte del banco recurrido, La Corte de Apelaciones resolvió que “La respuesta del banco recurrido resulta del todo impertinente, puesto que no entrega razones para su determinación que digan relación con el solicitante del producto”.  Si bien, es efectivo que los bancos poseen libertad de contratar únicamente con quien cumpla con los parámetros de solvencia, liquidez, endeudamiento, entre otras. También es cierto que no deben ser discriminados arbitrariamente por parte de proveedores de bienes y servicios, según lo dispone la Ley de Protección al consumidor en su artículo 3 letra C.  Con todo, el tribunal supremo resolvió "El hecho genérico de considerar riesgosa a quien no ha requerido el producto bancario, sin entregar antecedentes de cómo ello influye en el actor, negándose por lo demás a explicar tales motivaciones en el informe y en el alegato, impide comprender el real motivo del rechazo, lo que amenaza el legítimo ejercicio de su derecho a la igualdad ante la ley, de manera tal que el arbitrio constitucional debe ser acogido”  En vista de lo narrado, queda de manifiesto que las decisiones de las entidades bancarias deben ser justificadas y no ampararse en factores que nada digan relación con la persona misma del solicitante. En suma, es cierto, además, que toda persona tiene el derecho a recurrir mediante Recurso de Protección como el caso en comento a través de la Corte de Apelaciones respectiva con el fin de resguardar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, mediante acciones de amparo que se deben tomar ante un acto arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio; y optar por la vía ordinaria a través del amparo de la Ley 19.628, que contempla la acción de amparo denominada “Habeas Data” la cual permite que los titulares de datos puedan ver protegidos sus derechos frente a acciones que resulten ilegales o arbitrarias.   Como estudio jurídico, nos motiva que nuestros clientes conozcan las diversas herramientas legales existentes, para solucionar todo acto arbitrario e ilegal que se suscite. Si tienes algún problema similar que te gustaría solucionar, no dudes en consultarnos.

Compartir: