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  • 19 marzo 2018

Registro de mascotas “ley cholito”

Desde el pasado 9 de marzo, comenzó a regir el REGISTRO DE TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTA Y ANIMALES DE COMPAñíA, obligación proveniente de la Ley conocida como Ley Cholito, y que busca que los dueños de perros y gatos, formalicen su inscripción en este registro. Los animalitos deben tener al menos 2 meses de edad para poder inscribir a la mascota. Además, el veterinario debe emitir un certificado en donde se acrediten los siguientes datos: Nombre del animal Número de microchip Especie Sexo Raza Color Edad mediante su fecha de nacimiento real o estimada Estado reproductivo El tema que ha arrojado la mayor cantidad de dudas, se refiere al microchip, ya que muchos desconocen de qué se trata o cómo se puede conseguir. Lo primero, es aclarar que es el mirchochip: Se trata de un pequeño circuito electrónico integrado en una cápsula de vidrio biocompatible, que se coloca bajo la piel del animal. El chip tiene el grosor de un grano de arroz y su longitud no supera el centímetro y medio. No utiliza pilas ni partes móviles, por lo que su duración es ilimitada. Sirve para toda la vida del animal. El microchip lleva grabado un código único, inalterable e irrepetible que identifica permanentemente a la mascota. Este código consiste en una serie de 15 números. Junto de la implantación del chip, debes exigir el certificado de implante del chip, el cual deberás adjuntarlo al momento de solicitar la inscripción. Dónde se realiza esta inscripción? Lo primero que debes tener en cuenta, es que debes tener tu clave única. Esta clave, la otorgan en el registro civil o en las oficinas de chile atiende. A continuación, debes ingresar a la página: www.registrocivildemascotas.cl; y completar rodos los datos. Debes ingresar el certificado de implante de micro chip, certificado de vacunas, subir tu carné de identidad por ambos lados, e indicar todos los datos de la mascota. Es importante tener en cuenta que para concretar la inscripción, se debe cancelar un monto equivalente a $4.600.- Qué otras obligaciones tiene el propietario(/a de una mascota con la nueva ley? Aparte de mantener al día las vacunas que necesita la mascota, manteniéndolas desparasitadas tanto de forma interna como externa, la nueva normativa señala una serie de responsabilidades que debe asumir el propietario, tales como: Se prohíbe a los responsables de mascotas o animales de compañía el adiestramiento dirigido a acrecentar y reforzar su agresividad. (art. 11) Se prohíbe toda pelea de animales a los que se refiere esta ley, organizada como espectáculo. Quienes las organicen serán castigados con las penas establecidas en el artículo 291 bis del Código Penal. Quienes las promuevan o difundan serán castigados con multa de dos a veinte unidades tributarias mensuales (art. 11 inciso 2º) Se prohíbe el abandono de animales. El abandono de animales será considerado maltrato y crueldad animal y será sancionado de acuerdo a lo establecido en el artículo 291 bis del Código Penal. (art. 12) Todo responsable de un animal regulado en esta ley responderá siempre civilmente de los daños que se causen por acción del animal, sin perjuicio de la responsabilidad penal que le corresponda. (art. 13) Para mayor información, te invito a revisar la página www.registrocivildemascotas.cl y la por supuesto, ler la Ley Nº 20.020, que contiene 38 artículos respecto a la tenencia responsable de mascotas, más conocida como Ley Cholito.

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