Empresa 31 julio 2024

Cambios en la Emisión de Documentos Tributarios Electrónicos desde Julio de 2024

Cambios en la Emisión de Documentos Tributarios Electrónicos desde Julio de 2024
31 julio 2024 ·3 lecturas

A partir de julio de 2024, las empresas que emiten documentos tributarios electrónicos en Chile deberán cumplir con nuevas normativas según la Resolución Exenta SII N°36. El objetivo de estos cambios es garantizar que en la glosa de los documentos tributarios electrónicos emitidos se incluya una descripción clara y sin ambigüedades de los productos o servicios prestados.

 

Este cambio normativo exige que las descripciones de productos o servicios en el campo "Nombre del Ítem" o "Nombre Producto" de los documentos electrónicos, tales como facturas, notas de crédito, notas de débito, guías de despacho, facturas de compra y liquidación de facturas, sean detalladas y claras, evitando abreviaturas y ambigüedades. El incumplimiento de esta nueva normativa puede resultar en multas severas y sanciones.

 

Para adaptarse a estas nuevas normativas, las empresas deberán actualizar sus sistemas y procedimientos internos a tiempo. Es crucial que las compañías revisen y modifiquen sus procesos de emisión de documentos tributarios electrónicos (DTE) para cumplir con los nuevos requerimientos establecidos en la Resolución N° 36 del año 2024.

 

La implementación de estos cambios entra en vigencia el 01 de julio del 2024, por lo que se recomienda a las empresas comenzar a revisar y ajustar sus procedimientos lo antes posible. La principal sanción por no cumplir con estos requisitos está establecida en el artículo 97 N° 10 del Código Tributario.

 

El Código Tributario establece:

“ (…) 10°.- El no otorgamiento de guías de despacho de facturas, notas de débito, notas de crédito o boletas en los casos y en la forma exigidos por las leyes, el uso de boletas no autorizadas o de facturas, notas de débito, notas de crédito o guías de despacho sin el timbre correspondiente, el fraccionamiento del monto de las ventas o el de otras operaciones para eludir el otorgamiento de boletas, con multa del cincuenta por ciento al quinientos por ciento del monto de la operación, con un mínimo de 2 unidades tributarias mensuales y un máximo de 40 unidades tributarias anuales”.

 

En resumen, es fundamental que las empresas se preparen para estos cambios normativos en la emisión de documentos tributarios electrónicos para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento adecuado de la legislación vigente.

 

Escrito por: María Belén Salvat - Abogada

Temas: Documento tributario electrónico, Empresas, Código Tributario