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Si bien sabemos que una Patente es un derecho exclusivo que concede el Estado para la protección de una invención, muchas veces no tenemos conocimiento, si nuestra creación es una Patente de invención, Modelo de Utilidad, Diseño Industrial, Dibujo Industrial, Esquema de trazado, Topografía de circuíto Integrado u otro título. Dentro de los tipos de derechos mediante registro de patentes, los más usuales son la invención, modelo de utilidad y diseño industrial. Por tanto, es importante saber los requisitos que requiere cada uno, para saber como puedo proteger mi creación. Se entiende por invención, toda solución a un problema de la técnica que origine un quehacer industrial. La invención podría ser un producto o un procedimiento. Por tanto, para ser una patente de invención, dentro de los requisitos encontramos: La novedad; Nivel inventivo y la Aplicación industrial. Por novedad, la ley 19.039 establece en su articulo 33, que se entiende cuando no existe con anterioridad en el estado de la técnica. El estado de la técnica comprenderá todo lo que haya sido divulgado o hecho accesible al publico, en cualquier lugar del mundo, mediante una publicación en forma tangible, la venta o comercialización, el uso o cualquier otro medio, antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente en Chile. Con respecto al nivel inventivo, el Art. 35 de la ley 19.039, establece que se considera que una invención tiene nivel inventivo, si para una persona normalmente versada en la materia técnica correspondiente, ella no resulta obvia ni se habría derivado de manera evidente del estado de la técnica. Finalmente la aplicación Industrial, de acuerdo a lo establecido en el Art 36 de la ley 19.039, se considera que una invención es susceptible de aplicación industrial cuando su objeto pueda, en principio, ser producido o utilizado en cualquier tipo de industria. El modelo de utilidad, es una creación que aporta una utilidad a un objeto debido a un cambio en su forma, si bien se debe cumplir con los mismos requisitos que una patente de invención, es decir: Novedad; Aplicación Industrial, su principal caracteristica es la utilidad, es decir un beneficio, ventaja o efecto técnico que el objeto, antes del cambio de forma no tenia. El art 54 de la ley 19.039, indica que se considerarán como modelos de utilidad los instrumentos, aparatos, herramientas, dispositivos y objetos o partes de los mismos, en los que la forma sea reivindicable, tanto en su aspecto externo como en su funcionamiento, y siempre que ésta produzca una utilidad, esto es, que aporte a la función a que son destinados un beneficio, ventaja o efecto técnico que antes no tenía. El diseño industrial es una forma tridimensional que se distingue de sus similares por poseer una apariencia especial perceptible por medio de la vista, es definido en el art 62 que establece lo siguiente: Bajo la denominación de diseño industrial se comprende toda forma tridimensional asociada o no con colores, y cualquier artículo industrial o artesanal que sirva de patrón para la fabricación de otras unidades y que se distinga de sus similares, sea por su forma, configuración geométrica, ornamentación o una combinación de éstas, siempre que dichas características le den una apariencia especial perceptible por medio de la vista, de tal manera que resulte una fisonomía original, nueva y diferente. Es importante saber las diferencias, ya que podremos analizar de mejor forma como proteger nuestras creaciones, antes de comenzar con el proceso de registro.