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  • 13 septiembre 2018

Utilidad en pactos de retrocompra

El flujo de caja de una empresa puede resultar vital al momento de emprender proyectos, es por ello que los pactos de retrocompra permiten al empresario contar con un vehículo de inversión que otorga ingresos a corto plazo con la posibilidad de recuperar el bien o activo utilizado. Podemos determinar la retroventa como una operación de compraventa al contado de instrumentos financieros o muebles, realizada en forma conjunta y simultánea con una compraventa a plazo sobre los mismo u otros instrumentos equivalentes, que las partes hayan acordado como sustitutos de los primeros. El pacto de retro compra es una cláusula accidental que las partes pueden emplear en los contratos de compraventa. Esta faculta al vendedor de recobrar la cosa vendida, mediante el reembolso al comprador de una cantidad determinada acordada o, en su defecto, la que hubiese costado la compra, concediendo la posibilidad de recobrar el mismo bien en determinado plazo, a cambio de un precio previamente pactado entre estas. La autoridad ha dispuesto la existencia de ciertos requisitos mínimos en términos de contratos de retrocompra en instrumentos financieros, entre ellos, la constitución de un contrato marco que deben suscribir las Entidades con sus contrapartes, la que deberá referirse al menos a las siguientes materias: a) Identificación de las partes y las facultades legales con que cuentan para tales efectos. b) Definición de la terminología utilizada, tanto en el Contrato Marco como en las Confirmaciones o Adendum al mismo, con el nivel de detalle suficiente para que se minimicen diferencias en interpretaciones a su contenido. c) Jurisdicción aplicable a la relación contractual de las partes y entidad que actuará como árbitro arbitrador ante conflictos producidos entre las mismas. d) Declaración de las partes que reconocen como un solo negocio a todas las operaciones futuras que se realicen al amparo de este Contrato Marco. e) Mecanismo o medio a través del cual se realizarán y formalizarán las operaciones particulares, y se identificarán las personas autorizadas para efectuar las mismas. f) Plazos máximos para la comunicación de las confirmaciones y las formalidades que éstas deberán cumplir. g) Formalidades y procedimientos que se deben cumplir para las liquidaciones y la correspondiente aceptación del cumplimiento de las condiciones pactadas, por las respectivas contrapartes. h) Condiciones que se deben verificar para el término anticipado de una operación vigente, forma de verificación y procedimiento a seguir para la liquidación. El Estudio Jurídico Ruiz Salazar SpA cuenta con vasta experiencia asesorando empresas en diversas materias comerciales. Si usted o su empresa requieren asesoría, lo invitamos a acercarse a nuestras dependencias o escribirnos a contacto@ruizsalazar.cl y conseguir el apoyo legal necesario para su negocio.

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