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  • 17 diciembre 2020

SII inicia consulta pública para el proyecto de circular respecto de la tributación del segundo reti

Entre el 10 y el 24 de diciembre el Servicio de Impuestos Internos definió el plazo para el proceso de Consulta Pública respecto de la creación de una Circular que aclare la tributación correspondiente al segundo retiro del 10% de las AFP (ley N° 21.295). La consulta pública es una herramienta legal que promueve la participación de las personas e instituciones, a partir de la recopilación de sus opiniones y propuestas, relacionadas con las circulares e instrucciones que el Servicio emita. La circular en consulta deberá establecer la forma en que se determinará la base imponible para definir si corresponde o no el pago de impuestos en cada caso particular, y señala los plazos en que este impuesto se debe declarar y pagar por cada contribuyente. El proyecto actual indica que se deberá pagar impuestos para una renta imponible superior a 30 UTA ($1.530.000 mensuales, aproximadamente) en el año del retiro, el cual se puede efectuar dentro de los 365 días siguientes a la publicación de esta Ley en el Diario Oficial. Para el cálculo de las 30 UTA se consideran todas las rentas brutas gravadas con el Impuesto Global Complementario y se descuentan todas aquellas deducciones de la base del Impuesto Global Complementario que permite la legislación tributaria (por ejemplo, el beneficio por crédito hipotecario que se aplica en el proceso de Renta). Entre las rentas gravadas con el Impuesto Global Complementario se encuentran los dividendos, retiros, honorarios, dietas, rentas de capitales mobiliarios, sueldos y pensiones, entre otras, las cuales deben incorporarse junto al monto correspondiente al retiro de sus fondos previsionales en su declaración anual de renta, en abril del año siguiente al que realice el retiro. En tanto, no se consideran rentas imponibles para el cálculo de las 30 UTA los ingresos no constitutivos de renta, es decir, ingresos como el aporte fiscal para la clase media y el préstamo solidario del Estado, otorgados durante 2020, los subsidios por licencia médica pagados por organismos de previsión, el primer retiro del 10% de los fondos previsionales y las indemnizaciones, entre otros. Declaración y pago del impuesto La Circular se pone en el caso de que el retiro se realice en dos cuotas y le corresponda el pago de impuestos. Allí debe haber varias consideraciones. En primer lugar, si la primera y segunda cuota del retiro son pagadas en diciembre de 2020, el monto total deberá ser declarado en el proceso de renta de abril 2021. En segundo lugar, si la primera cuota del retiro es pagada en diciembre de 2020, y la segunda cuota es pagada en enero de 2021, el primer monto deberá declararse en abril de 2021, mientras el segundo monto deberá ser declarado en abril de 2022. Finalmente, las cuotas pagadas íntegramente durante 2021 deberán ser declaradas en abril de 2022. Por último, la Circular instruye que las AFP en que se encuentre afiliado que realice el retiro deberán informar al SII el monto pagado, en el año que corresponda al retiro efectuado. Los interesados tendrán un plazo de 10 días para entregar sus comentarios, a través de www.sii.cl, opción Consulta Pública de Proyectos de Normas o de Instrucciones. Las opiniones no son vinculantes, aunque el SII las analiza previo a la publicación de cada circular.

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