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  • 26 octubre 2016

Se reabre el debate sobre el voto obligatorio

Actualmente se estudia una propuesta para el cargo de presidente. Presentada por el senador perteneciente al Mas, Alejandro Navarro, se trata de una moción que modifica el artículo 25 de la Constitución Política, que tiene por objetivo fundamental disminuir el requisito mínimo de edad de 35 años a 30 años de un individuo para poder ser electo al cargo de Presidente de la República. El Senador explica que la medida se propone en el marco de la altísima abstención que hubo en la elección municipal, me he formado la convicción de que debemos eliminar cualquier tipo de barrera que limite el ingreso de las y los jóvenes a cargos de representación popular”. A esto agregó: Tenemos directores de servicio, seremis, y diputados como Giorgio Jackson, Gabriel Boric, Karol Cariola, Camila Vallejo o Vlado Mirosevic, que teniendo treinta o menos años, han demostrado estar capacitados para ejercer altos cargos en política, y la presidencia de la República no debe ser la excepción y discriminarlos por edad. El desapego de la ciudadanía con la política muchas veces dice relación con la falta de liderazgos que inyecten nuevos aires a la política, liderazgos capaces de capturar a los sectores que se abstuvieron de votar al no sentirse representados por ningún candidato [...] es así como jóvenes como Jorge Sharp en Valparaíso o de Edgardo González en Llay-Llay, lograron cautivar a un sector que en la mayoría de las comunas se abstuvo de votar”. Requisitos para ser Presidente de la República En la Constitución de 1828 se incorpora esta figura por primera vez y se requería, simplemente, ser chileno de nacimiento y tener más de 30 años de edad. Más tarde, en la Constitución de 1833 se estableció que para optar a desempeñar el cargo de Presidente de la República eran requisitos: haber nacido en Chile, tener las cualidades requeridas para pertenecer a la Cámara de Diputados, poseer los derechos de ciudadano elector, además de una renta mínima de 500 pesos y tener una edad de 30años, como mínimo. En la Constitución de 1925 los requisitos se ampliaron a: haber nacido en territorio chileno, tener edad de 30 años al menos, tener los requisitos para pertenecer a la Cámara de Diputados, tener los requisitos para el derecho al sufragio y no haber sido condenado por un delito con pena aflictiva. Para la Constitución de 1980, los requisitos para ser elegido presidente eran: nacer en el territorio nacional, 40 años de edad como mínimo, cumplir co los requisitos para el derecho al sufragio, no tener sus pendido este derecho; haber perdido la calidad de ciudadano. Luegode lareforma constitucional de 2005 los requisitos se ubicaron de la siguiente forma: poseer la nacionalidad chilena, ya sea por nacimiento o por ser hijo de chilenos pero nacido en territorio extranjero, 35 años de edad como mínimo, cumplir con las calidades para ejercer el derecho al sufragio, no tener suspendido este derecho y no haber perdido la condición de ciudadano. Para la propuesta actual el senador Alejandro Navarro, agrega: esperamos que este proyecto tenga apoyo de todos los sectores; debemos salir de la gerontocracia imperante, que en nada fomenta la participación de los jóvenes en política, y pasar a un sistema democrático que integre y no discrimine a todos quienes quieran postular a un cargo de representación popular, cualquiera sea este”. El presidente se elige mediante votación directa y con mayoría absoluta de los votos válidos emitidos, lo que quiere decir al menos 50% + 1 de los votos. Esta elección se efectúa conjuntamente con las elecciones parlamentarias, con anterioridad a 90 días de que el presidente a cargo cese en sus funciones. En el caso de que se presentaran más de dos candidatos y ninguno de los dos obtuviera más de la mitad de los sufragios, entonces se procede a una segunda vuelta o segunda votación para decidir. En este caso sólo participan aquellos candidatos que hayan obtenido las dos primeras mayorías. Quien resulta electo de esta vuelta es quién obtenga el mayor número de votos. La segunda vuelta debe efectuarse 30 días después de la primera. Aquellos sufragios en blanco o nulos serán considerados no emitidos. Voto voluntario Otra fuente de discusión sobre el voto en Chile se refiere a el carácter voluntario del sufragio debido a los grandes niveles de abstención que se presentan en los distintos comicios. Para la actual Presidenta de la República, Michelle Bachelet, el voto voluntario tiene una incidencia directa sobre los niveles de participación. Al asumir su cargo declaró: es evidente en que en todos los países en que hay voto voluntario la votación es menor. Pero lo claro es claro: estas son las reglas de la democracia y gana el que gana con esta reglas”. Sin embargo este factor, el de la abstención, muchas veces empaña la legitimidad de origen de los resultados. La legitimidad de la elección la dan las actuales reglas de la democracia”, declaró Bachelet en aquella oportunidad. Las últimas elecciones municipales reabrieron así mismo el debate sobre el voto voluntario, que lleva menos de 5 años implementándose en el país. Algunas partes plantean que debería regresarse a la obligatoriedad en el caso de las elecciones generales, ya sean presidenciales, parlamentarias o municipales. Sus promotores se basan en que así como los ciudadanos tienen derechos, tienen deberes y obligaciones, de manera que el ciudadano se vea obligado a decidir por sus dirigentes y políticas. Por supuesto esto presenta desventajas y los detractores señalan que poco se gana sancionando a quienes no participen en un proceso electoral debido a que poc influye en la concientización acerca de la importancia del voto. En su lugar proponen que el derecho al voto voluntario presente una oportunidad para que los candidatos presenten propuestas más atractivas. Igualmente cuando se tenía la legislación con vto obligatorio participaba un poco más de gente, cuando no se llegaba al 60% del padrón electoral.

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