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  • 08 junio 2021

Se limita el aforo en el ámbito laboral: cambios en el plan paso a paso

Para el cálculo del aforo se considerarán las personas que trabajan en el lugar”, y la ley agrega: con todo, siempre podrá haber a lo menos, un cliente”... El día 3 de junio de 2021, se publicó en el Diario Oficial, una resolución del Ministerio de Salud, la cual modifica una de las reglas que se refieren al número de aforo contenidas en el plan Paso a Paso del Gobierno, para que consecuentemente reducir los efectos de la pandemia COVID-19. La modificación consiste en que, para la atención presencial de público en espacios cerrados, se considerará ahora en el cálculo del aforo permitido a quienes trabajen en el lugar. Esto impactará en el número de clientes que los comercios podrán atender de forma simultánea en su interior, ya que ahora los trabajadores serán considerados en el cálculo de máximo de personas permitidas. Dichas modificaciones, que ya comenzaron a regir, aplica para las comunas en etapas: - Cuarentena (fase 1) - Transición (fase 2) - Preparación (fase 3) - Apertura inicial (fase 4). Los espacios cerrados con atención al público tendrán un máximo de una persona cada 4 m2 de la superficie total. Si el espacio es menor al considerado, la tienda deberá atender a un solo cliente a la vez. La ley dice que de la atención presencial de público en espacios cerrados. Se prohíbe la atención presencial de público en espacios cerrados, excepto aquellos que estén permitidos en el Instructivo para permisos de desplazamiento del que trata el oficio ordinario Nº9.285, de 26 de abril de 2021” Estos espacios tendrán un aforo máximo de 1 persona por cada 8 metros cuadrados del total de la superficie útil destinada a la atención del público. En caso que el espacio sea menor a 8 metros cuadrados, se podrá atender como máximo una persona. Para el calculo del aforo no se considerará las personas que trabajan en el lugar. Lo destacado se reemplaza por la siguiente frase Para el cálculo del aforo se considerarán las personas que trabajan en el lugar”, luego se agrega: con todo, siempre podrá haber a lo menos, un cliente”. En resumen, la ley anteriormente no contemplaba a los trabajadores, con la ley promulgada el día 3 de junio si se contarán, finalizando con que siempre podrá haber a lo menos un cliente. Dicho lo anterior, se vienen en poner en regla diferentes señales que no habían sido cabalmente entendidas por su complejidad y falta de interpretación, de esta manera se reorganizan los aforos para determinar cuantas personas pueden estar en un local comercial sin infringir la norma. La nueva modificación de aforos fue duramente rechazados por los gremios del comercio, los anunciaron que provocará la menor entrada de clientes a sus negocios lo que generará más demora en la atención y una atención al cliente mas dificultosa. Emmanuel Echeverría Díaz Abogado laboral

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