Personas / mayo 24, 2016

Regularización de ampliación de viviendas (Ley del Mono)

Las viviendas que pueden optar a este beneficio son aquellas viviendas sociales que no cuenten con recepción definitiva de las viviendas. Los requisitos mas importantes que deben cumplir estas propiedades para acogerse a esta ley son las siguientes:

  1.  Que las viviendas hayan sido construidas antes de la entrada en vigencia de la ley (4 de febrero del 2016)
  2. Tener avalúo fiscal menor a 1.000 UF.
  3.  Que la superficie de la propiedad no exceda los 90 metros cuadrados.

 

 

Si cumple con estos requisitos deberá acercarse con la documentación correspondiente a la Dirección de Obras Municipales de su comuna, quienes tendrán la obligación de responder a la presentación en el plazo de 90 días.

El objetivo de esta ley es permitir la regularización de las propiedades a aquellas familias que hayan adquirido viviendas sociales de manera irregular o cuya construcción no se encuentre en norma. Todo ello con la intención de fomentar el desarrollo y crecimiento de los sectores mas vulnerables de la sociedad.


Articulo escrito por

Abogado Ruiz Salazar |

Deseas orientación profesional

Nuestras asesoras están disponibles para aclarar todas tus dudas y consultas. Prueba nuestro servicio sin compromiso.