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  • 04 marzo 2020

Registro de marcas comerciales

Es importante al momento de solicitar el registro de una marca comercial, comprobar que la marca elegida cumpla con los requisitos legales de registro. En primer lugar, la capacidad del signo para distinguir bienes o servicios de un determinado origen empresarial. La falta de distintividad intrínseca se encuentra expresada en las causales absolutas de rechazo. La distintividad que constituye un elemento esencial de una marca comercial, que se encuentra recogido no solo en la Ley de Propiedad Industrial, sino también en diversos instrumentos internacionales suscritos y ratificados por nuestro país, tal es e caso de la Convención de Paris y el Acuerdo de la OMC sobre los aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el comercio- ADPIC. Asimismo, también es importante, realizar una búsqueda de marcas registradas o solicitadas actualmente en tramitación, a fin de ver si cumple con los requisitos extrínsecos que se relaciona con la existencia anterior de otros signos similares o idénticos. Es dable, considerar los derechos que concede el registro de una marca comercial: El derecho exclusivo para usar la marca comercial durante el plazo de 10 años, renovable; Acciones civiles y penales en contra de los infractores; Penas de multa, comiso e indemnizaciones en contra de los infractores; La posibilidad de autorizar el uso de la marca mediante el pago de una licencia. Con respecto a la obligatoriedad de registrar una marca comercial, es del caso señalar que no existe obligación de registrar una marca comercial, es el titular quien decide si registra o no, o si quiere renovar. Sin embargo, solo quien cuenta con una marca registrada vigente, podrá hacer uso de los derechos de propiedad industrial y medidas de observancia que contempla la ley. Dentro de las penas en caso de un delito contra la Propiedad Industrial, se encuentran: La indemnización de perjuicios; Destrucción de la mercadería infractora y de los elementos que permitieron su elaboración; Penas pecuniarias.

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