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  • 27 agosto 2019

Reforma tributaria a un paso de ser realidad

La semana pasada en la cámara de Diputados, se aprobó en general el proyecto de Ley de modernización Tributaria, con una aprobación de 80 votos a favor y 63 en contra, teniendo una abstención, quedando ahora en manos de la cámara del Senado su discusión y eventual aprobación y finalmente promulgación. Dentro de los mayores cambios que figuran en este nuevo proyecto son; 1) la reintegración (calificado como el corazón de esta reforma), 2) el régimen PROPYME, 3) la imposición de impuestos digitales, 4) IVA a la construcción, 5) rebaja al pago de contribuciones y a los Establecimientos de Larga Estadía a adultos mayores, 6) digitalización del S.I.I., 7) Impuesto verde, 8) la boleta electrónica, 9) Depreciación instantánea, y 10) Nuevo concepto de norma de gastos necesarios para producir la renta y la responsabilidad social empresarial. A continuación, se desarrollan algunos de los puntos mencionados, que tienen relevancia para nosotros: 1) Actualmente en Chile, existen dos grandes regímenes: Atribuido y Semi integrado (art. 14 A y 14 B de la L.I.R.), con la nueva reforma tributaria, solo existirá un régimen denominado de reintegración, esto producirá un gran alivio para las empresas, en atención a que habrá una mayor facilidad y control respecto a los registros contables que deberán llevar estas. 2) La Reforma contempla un nuevo régimen para las pequeñas y medianas empresas denominado, PROPYME, con las siguientes características: Tendrá una tasa de IDPC de un 25%, para ingresar a ello deben obtener ingresos brutos percibidos o devengados del giro inferiores a UF 50.000 en promedio en los 3 años anteriores, considerando los ingresos de entidades relacionadas. Tener un Capital Propio Tributario inferior a UF 60.000 al momento de iniciar actividades. Podrán optar a depreciación instantánea sobre cualquier tipo de activo fijo. Opción de declarar y pagar impuesto en base a propuesta del S.I.I. 3) Hoy en día, las plataformas digitales como Spotify, YouTube y Netflix, no se encuentran gravadas con I.V.A., siendo uno de los principales tópicos de esta nueva reforma, se aprobó el articulo que grava a estas plataformas digitales con un impuesto único de un 19% (I.V.A.), el problema es que las empresas digitales serán las encargadas de pagar este impuesto, lo que producirá que suban los costos de inscripción y suscripción para solventar la subida de este 19%. 4) Un gran cambio para los contribuyentes es el cambio en la definición de "gasto necesario", el cual, determina que podrá considerarse como tal, todos los necesarios para producir la renta, aquellos que sean relacionados directa o indirectamente con el giro del negocio del contribuyente, incluyendo gastos ordinarios, extra ordinarios, habituales u obligatorios, entre otros. Debemos indicar que estas indicaciones aun se encuentran en etapa de discusión, por tanto, no es posible garantizar que todas o algunas serán Ley. Sin embargo, nuestro Estudio Jurídico Ruiz Salazar, se encuentra con profesionales expertos en el área Tributaria, quienes permanentemente están siguiendo y analizando los pasos a seguir para brindar una asesoría completa y eficaz en materias Contables y Tributarias.

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