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  • 22 diciembre 2020

Proyecto de ley sobre suspensión de embargos y lanzamiento. un nefasto panorama.

En el mes de abril del presente año, poco tiempo después del inicio del estado de excepción constitucional por crisis sanitaria por Covid-19, un grupo de parlamentarios ingresó un proyecto de ley que busca suspender una serie de actuaciones judiciales en razón de la contingencia. Este proyecto de ley, a nuestro juicio y del de muchos profesionales del área, representa un grave peligro, tanto de vulneración de derechos como de la institucionalidad de nuestros tribunales. Son numerosos los problemas que el proyecto presenta y ello es mas alarmante cuando pensamos que el mismo ya ha pasado el por la cámara de Diputados y se encuentra en revisión del Senado, no habiendo tenido obstáculos para su avance a la fecha. A nuestro juicio, la base del proyecto en si mismo se encuentra mal conceptualizado, ya que considera al deudor o arrendatario como la parte vulnerable de la relación jurídica, sin hacer distinciones de ningún clase, si no que generalizando y asumiendo que el deudor o arrendatario, solo por su calidad, requiere mas ayuda del estado (en definitiva, el deudor es “bueno” y el acreedor es el “malo”). Pero esta visión simplista y populista dista mucho de la realidad, ya que si bien, en muchos casos, cuando el acreedor es un banco o institución financiera, es efectivo que la posición mas vulnerable es la del deudor, cuando nos encontramos frente a una relación entre privados esta calificación no es tan simple. Podemos dar como ejemplo, una persona jubilada que complementa su renta con lo que obtiene de arriendo por una propiedad a su nombre. En este caso, el arrendador (acreedor) también esta en una situación vulnerable, ya que requiere de la renta para solventar sus gastos mensuales básicos, nada de lo cual es considerado por el proyecto en comento. Más aún, el proyecto plantea que la suspensión de estos procedimientos se extienda varios meses después del estado de catástrofe, lo que podría perpetuar una situación dramática para familias que dependen de las rentas de un inmueble o el cobro de deudas, como podría ser una microempresa. Todo lo anterior, podría vulnerar el derecho del propiedad del dueño de un inmueble, quien no solo no podrá cobrar las rentas, si no que tampoco podría recuperar su inmueble; el derechos de los acreedores al cobro de las deudas a su favor, quienes se verían de brazos cruzados frente a cualquier deuda, cuyo pago dependería de la buena voluntad del deudor y no de una real situación de necesidad; y se alterarían las facultades de nuestros tribunales en relación al debido proceso según las normas procesales aplicables. Sinceramente esperamos que este nefasto proyecto de ley no vea jamás la luz del día, ya que solo vendría a empeorar las consecuencias de la pandemia para muchas personas que han visto disminuidos sus ingresos.

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