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  • 08 octubre 2020

Nuevas medidas laborales

1.Extensión vigencia beneficios ley protección al empleo. Con fecha 5 de octubre de 2020 fue publicada el decreto que establece la extension de la vigencia de los beneficios y las prestaciones del seguro de cesantia, y otorga derecho a giros adicionales con cargo al fondo de cesantía solidario, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la ley nº 21.263, que flexibiliza transitoriamente los requisitos de acceso e incrementa el monto de las prestaciones al seguro de cesantia, con motivo de la pandemia originada por el covid-19, y perfecciona los beneficios de la ley nº 21.227, denominada “Ley de proteccion al empleo” •Extensión de la vigencia de las normas de suspensión del contrato hasta el 6 de enero de 2021. •Los trabajadores que se encuentren suspensión de contrato por acto de autoridad podrán acceder hasta 10 giros con cargo al fondo de cesantía solidario. •Los pagos entre el sexto y decimo giro de los trabajadores con suspensión de contrato por acto de autoridad serán de un 45% con cargo al fondo de cesantía solidario •Se extiende la vigencia de las normas que flexibilizan el seguro de cesantía. 2.Plan de subsidio al empleo El presidente Sebastián Piñera anunció el nuevo Plan Subsidio al Empleo, que busca incentivar la recontratación de personas que han perdido sus trabajos producto de la pandemia. El beneficio tiene dos ejes centrales, que son la creación de empleos y la recontratación de trabajadores con suspensión de contrato. Esta ayuda va destinada a las empresas y busca reactivar la economía. ¿Cómo se postula al Plan Subsidio al Empleo? Para poder postular debes ingresar al sitio subsidioalempleo.cl con Clave Tributaria del SII y elegir entre “Línea de Subsidio Reingresa” y “Línea de Subsidio Contrata“. ¿Quiénes pueden acceder al Subsidio de Reincorporación al Empleo? Podrán acceder trabajadores que se encuentren con contratos suspendidos bajo la Ley de Protección al Empleo y consistirá en un aporte estatal al empleador de $160.000 por hasta seis meses. Siempre y cuando el trabajador sea reincorporado a sus funciones y su remuneración sea inferior a tres sueldos mínimos ($961.500). Asimismo, podrán acceder solo empresas que hayan sufrido caídas en, al menos, un 20% de sus ventas entre el cuatrimestre abril-julio de este año, en comparación al mismo periodo del año 2019. ¿Quiénes pueden acceder al Subsidio de Contratación? Orientado para que empleadores generen nuevos puestos de trabajo, el Subsidio de Contratación es un aporte estatal equivalente al 50% de la remuneración para nuevos trabajadores, con un tope de hasta $250.000 mensuales en contratos con una remuneración mensual bruta menor o igual a tres ingresos mínimos mensuales ($961.500). En caso de mujeres y menores de 24 años, el Subsidio amplía su cobertura hasta el 60% de la remuneración mensual bruta. En contratos mayores a $450.000 y hasta tres ingresos mínimos mensuales ($961.500), el subsidio será de $270.000. Este subsidio será retroactivo para contrataciones informadas a partir del 20 de julio de 2020 y las empresas con más de 200 trabajadores, deberán mantener al menos el 80% de los trabajadores informados a esa fecha. Entre las condiciones de acceso que resaltan del plan, es que las empresas que resulten beneficiarias no podrán repartirse utilidades, salvo el mínimo legal (30%) durante el tiempo que reciban el subsidio estatal. Esto aplica para empresas en categoría de “grandes empresas”

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