La Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL) ha puesto en marcha la Resolución N° 286 (13 de febrero de 2025), que entró en vigencia el 13 de agosto de 2025.
Esta nueva normativa busca reducir el spam telefónico y otorgar mayor control a los consumidores sobre las llamadas comerciales.
Puntos clave de la normativa:
Identificación obligatoria de llamadas comerciales mediante prefijos:
- 600 → Llamadas solicitadas por el usuario (ej. banco, servicio contratado).
- 809 → Llamadas no solicitadas (ej. telemarketing, promociones). Exclusivamente para llamadas telefónicas (no SMS, WhatsApp ni emails).
Fiscalización a cargo de SUBTEL: las sanciones pueden ir desde amonestaciones hasta 5.000 UTM.
¿Qué deben hacer las empresas?
- Clasificar correctamente las llamadas entre solicitadas y no solicitadas.
- Adaptar la infraestructura de telefonía para implementar los prefijos 600 y 809.
- Revisar y actualizar las políticas de consentimiento y tratamiento de datos personales.
- Capacitar al personal en ética, privacidad y correcto uso de prefijos.
- Monitorear y auditar internamente el cumplimiento de la normativa.
- Informar a los clientes sobre el significado de los prefijos para generar confianza.
¿Por qué es importante?
Cumplir con esta normativa no solo evita sanciones, sino que también fortalece la transparencia y la confianza entre su empresa y sus clientes.
En nuestro estudio jurídico Ruiz Salazar, podemos asesorarle en la implementación legal y práctica de esta regulación, así como en la adecuación de políticas de datos y consentimiento para asegurar el cumplimiento normativo.
Si desea más información o asesoría personalizada, no dude en contactarnos.