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  • 13 mayo 2021

Modernización de la dirección del trabajo

Con fecha 30 de abril de 2021 se publicó en el Diario Oficial la ley número 21.327 que establece la "MODERNIZACIóN DE LA DIRECCIóN DEL TRABAJO", la cual apunta a cumplir una serie de objetivos, como lo son Impulsar nuevas formas de fiscalización, para proteger de mejor manera los derechos de los trabajadores, potenciar una Dirección del Trabajo más cercana, que otorgue certeza jurídica a todos los actores sociales, con un alto estándar técnico legal, reforzar las instancias de conciliación y mediación para fomentar el diálogo social y la construcción de acuerdos, fijar una nueva planta, la cual permita afrontar de mejor manera la modernización del Servicio que se propone. Entre sus principales cambios, se encuentran Consultas públicas sobre instrucciones, pronunciamientos y otras normas de la Dirección del Trabajo: Se establece que el Director del Trabajo puede disponer de consultas públicas sobre las instrucciones, pronunciamientos y demás normas de carácter general que debe dictar el Servicio, para que los interesados opinen y formulen propuestas sobre ellas. Asimismo, se establece que cada vez que realice esta consulta pública deberá remitir, a su vez, al Consejo Superior Laboral, órgano de carácter tripartito, para que éste también pueda emitir su opinión. Compendio anual de dictámenes, ordinarios, circulares y órdenes de servicio: El Director del Trabajo tendrá la obligación de publicar en el portal electrónico de la Dirección del Trabajo, en el mes de enero de cada año, un compendio de los dictámenes, ordinarios, circulares y órdenes del Servicio emitidos durante el año anterior, ordenados por materia, fecha, etc. Con lo anterior, se busca tener una Dirección del Trabajo más cercana a la ciudadanía y donde sus normas sean conocidas por todos. Mejoras en el proceso de fiscalización: Con la intención de objetivar la labor fiscalizadora de la Dirección del Trabajo y otorgar mayor certeza a trabajadores, sindicatos y empleadores, se incorporan en la ley ciertos principios que deberán regir en el ejercicio de las facultades fiscalizadoras del servicio. Asimismo, se establecen en la ley los criterios objetivos a considerar para determinar el monto de las sanciones asociadas a una infracción, que son la naturaleza de la infracción, la afectación de derechos laborales, el número de trabajadores afectados y la conducta del empleador. Modernización en la gestión de la Dirección del Trabajo: Se introducen componentes tecnológicos en los procesos, estableciendo que las comunicaciones y notificaciones entre el servicio y sus usuarios podrá hacerse por correo electrónico, impulsando el registro virtual de los contratos y sus terminaciones, estableciendo que la Dirección del Trabajo, para hacer efectivas sus competencias y facultades, podrá acceder en forma electrónica a toda la documentación obligatoria laboral y de seguridad social de los empleadores y empresas que conste en su sitio web. Con esto, no solo se permite una mejor fiscalización, sino que se podrá disponer de mejores estadísticas e información, lo que resulta clave para la elaboración de buenas políticas públicas. Creación de la unidad de apoyo al emprendedor (MIPYMES) al interior de la Dirección del Trabajo y diferenciación de multas entre micro y pequeñas empresas: Esta unidad tendrá por objeto servir de ventanilla única para las consultas de las MIPYMES y orientarlas en el cumplimiento oportuno e íntegro de la normativa laboral. Adicional a lo anterior, se diferenciará el monto de las multas que puede cursar la Dirección del Trabajo entre micro y pequeñas empresas, considerando las distintas realidades entre ambas, lo que hasta antes de esta ley no estaba permitido. Joaquín otero Vivanco Abogado laboral

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