A partir de finales de abril, los certificados de prioridad y declaraciones juradas podrán presentarse en forma electrónica.
Es así como para realizar el trámite de manera virtual, los usuarios tendrán tres opciones:
- Acompañar copias digitales íntegras del documento fieles a su original, certificada su conformidad con el original que se ha tenido a la vista, con firma electrónica avanzada de Notario.
- Acompañar copias digitales íntegras de los documentos mencionados, fieles al original, directamente o como adjunto a un escrito presentado utilizando la plataforma de presentación de escritos de INAPI.
- Ingresar una copia digital íntegra, esto es, que sea fiel a su original, a la custodia de poderes y personerías, conforme lo prescrito en el artículo 67 bis del reglamento de la Ley de Propiedad Industrial, e invocar posteriormente en una solicitud de registro el respectivo N° de custodia.
Se trata de una medida que en conjunto con otras tomadas el último tiempo, incentivan a la innovación, creación y transferencia tecnológica, y que beneficiará a la/os solicitantes y representantes de solicitudes de marcas en trámite, que requieran acreditar ciertos hechos relevantes, que consten en documentos que, por certificarse originalmente en papel, no cuentan con firma electrónica avanzada.
En relación con lo anterior, es del caso recordar que, en el proceso de registro de marca, se solicita declaración jurada cuando se intenta registrar el nombre, seudónimo o el retrato de una persona natural cualquiera. En esa declaración se materializa el consentimiento dado por ella o por sus herederos si hubiera fallecido.