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  • 30 abril 2020

Convenio de colaboración del sename con la asociacion nacional de inteligencia

El 21 de febrero de este año, fue suscrito un acuerdo de colaboración y coordinación entre el Servicio Nacional de Menores y la Agencia nacional de Inteligencia el que, afortunadamente y luego de diversas presiones políticas y sociales, fue dejado sin efecto. La Agencia Nacional de Inteligencia de Chile (en adelante, ANI) fue creada en el año 2004 a través de la ley 19.974, constituyéndose como el primer servicio de inteligencia civil del país. Su misión, según señala la ley, es el recolectar y procesar información de todos los ámbitos del nivel nacional e internacional y producir inteligencia de acuerdo con los requerimientos del Presidente de la República (lo que incluye elaborar informes de inteligencia, de carácter secreto, para el Jefe de Estado y a los organismos que el determine, requerir de los servicios de la Administración del Estado los antecedentes e informes que estime necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y disponer la aplicación de medidas para detectar, neutralizar y contrarrestar las acciones de grupos terroristas, nacionales o internacionales y de organizaciones criminales transnacionales, entre otras) A efectos de contar con información desde los registros del Servicio nacional de menores (lo que incluye datos personales, evaluaciones psicológicas, intervenciones familiares y otros) fue suscrito un convenio el cual, según reza, tenía como efecto el intercambio de información y a aunar esfuerzos para realizar un trabajo conjunto, a fin de contribuir al logro de una mejor y más eficiente gestión en el cumplimiento de las funciones privativas que la ley les encomienda a ambas instituciones”. El texto, entre otros acuerdos, apunta a facilitar a la ANI el acceso a información que posee el Sename que es relevante y pertinente para producir inteligencia y efectuar apreciaciones globales y sectoriales según las facultades que la ley ha otorgado a la ANI”. Según se desprende de dicho convenio, el cual solo fue puesto en conocimiento luego de la polémica, no se señala con claridad cual será la información que ha de aportar el SENAME, entidad que, según sus fines establecidos por ley, no tiene como función la divulgación de los antecedentes privados de aquellos que se encuentran bajo su cuidado, si no que la tutela de los derechos humanos y la protección de estos niños y niñas. En dicho sentido, cabe preguntarse cual es el interés o la necesidad de la inteligencia nacional de acceder a datos sensibles de niños o niñas y el porque ha de ser la entidad llamada a protegerlos quien, sin siquiera contar con la autorización de los padres, ha de aportar información cuyos fines son secretos. A efectos de dejar sin efecto el convenio, la Defensoría de la Niñez señaló públicamente que ejercería acciones legales (tanto en organismos nacionales e internacionales) pues este vulneraba los derechos de niños, niñas y adolescentes dependientes del SENAME, todo lo cual contraviene gravemente la normativa nacional y los tratados que en dicho sentido han sido suscritos por Chile. Adicionalmente, la defensora de la niñez doña Patricia Muñoz, hace hincapié en que la entrega de esta información agudiza la estigmatización y criminalización que ya existe respecto de niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo la supervisión directa del Sename, muchos de los cuales ya han vivido dramáticas vulneraciones, información que luego podría utilizarse indebidamente por parte del servicio de inteligencia nacional. Así es como ante varias presiones, todas muy fundadas, el 27 de abril fue anunciado por el Ministerio de Justicia el dejar sin efecto el convenio suscrito, ordenándose asimismo la confección de un protocolo a aplicar al Servicio Nacional de menores respecto del manejo de información sensible de menores de edad bajo su tutela

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