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  • 02 junio 2016

¿Cómo puedes registrar tu logotipo?

El ascensorista aprieta el botón del piso 10. Dos abogados impecablemente vestidos según ellos, que conversan como si estuvieran haciendo negocios en las Torres Gemelas. Yo que ando vestido como siempre, aunque venga de una entrevista de trabajo y me haya arreglado no estoy a la altura. Quizás por eso me fue mal. Me falta mucho, pero qué tanto si a veinte pasos estamos en el Paseo Ahumada comprando películas. Es el Eurocentro pero no por el lado de los playstation en el paseo Ahumada, es un poco más arriba por Moneda, exactamente en el 970. Ese es el lugar sagrado del logotipo. Diseñadores de todo Chile vienen cada día a preguntar cómo inscribir sus piezas gráficas. Mentira, la mayoría de la gente que anda por acá, son abogados o funcionarios de oficinas de asesoría legal”, me dice el propio ascensorista. Algo sabrá. Justo al salir del décimo piso está el Departamento de Propiedad Industrial. Es imposible no encontrarlo, al dar el primer paso fuera del ascensor es lo único que se ve. Voy a ver si puedo entender cómo se hace para registrar un logotipo. Es verdad lo que me dijeron, no hay mucha gente en la oficina. O sea, hay gente pero la mayoría son funcionarios de la propia oficina. El que entrega el formulario, las chiquillas del diario oficial, el de las fotocopias, el que timbra y los de informaciones. Y el que timbra, ya está medio acalambrado, parece que les va bien. Casi todos los clientes” son abogados con su respectiva etiqueta. Los que venían conmigo en el ascensor no están acá, los vi entrar pero se me perdieron. Hace calor y son como las 10 y media. Todos vienen para acá, pero no está lleno. De hecho no hay cola en nuestra parte favorita que no es otra que informaciones. Lógico. En el inicio el ambiente es difícil, estoy en la fila y se me cola una señora. Como si nada me pasa por el lado y se instala a conversar con otra vieja. No digo nada porque estoy en ánimo de paz. Además, la atiende una señora que es una de las 3 de informaciones, pero se ve medio pesadita. Espero por un momento. -Joven, qué desea consultar?. Pase -Quiero saber cómo hago para registrar una revista -En papel? -No. Es virtual, de Internet -Ah, tiene que pedir el formulario 38 de servicios -Ya y cómo lo hago con el logotipo. -Tiene que entregarlo adjunto con la solicitud. Seis copias de 10 por 10 Llenado a máquina El tipo que me atiende es bien atento, tiene todo clarito. Además le pregunto y no tiene problemas con mi lentitud. Menos con mi ignorancia. Bueno, como se ve estoy preguntando por cómo registrar una revista virtual, pese a que mi principal intención es registrar el logotipo. Bueno, la única forma de hacerlo es a través del registro de una marca o un nombre comercial. Puede ser hecho por una persona como yo – siempre y cuando pague lo que hay que pagar – o por una empresa. Sigamos con las preguntas. -Disculpe, se me olvidó dónde pido el formulario? -En el mesón de la entrada, tiene que pagar $1000. Se llena a máquina -Pero me lo llenan ustedes? -No, tiene que llenarlo usted. - Y lo puedo hacer en el computador? - No queda bien, lo han tratado de hacer, pero les queda corrido. También puede bajarlo por Internet en la página del DPI y ahí usted lo llena en su computador. Como un revival de otra época, acá todavía se habla del llenado a máquina”, algo que parecía sepultado. Sólo como consejo, parece que lo más fácil es comprar el formulario via Internet y llenarlo en el computador. Si no, hay que buscar la reliquia y ponerse a teclear. Mientras sigo con dudas acerca de lo que hay que hacer para registrar un logotipo, se siguen paseando abogados o funcionarios que trabajan en buffetes. La mayoría del tiempo son los mismos, que entran y salen. De repente aparece una guagua de seis meses según dice su mamá a una de las funcionarias de la Oficina de Partes. Extraña que alguien se aparezca por una oficina como esta con una recién nacida. Para la poca actividad cierta que hay acá, más allá del papeleo y del timbraje la guagua llama la atención a todos. LONGANIZA MECáNICA Dos mujeres y dos hombres están revisando –cada uno por su cuenta - el panel con las informaciones de los últimos registros que se han hecho. Mientras me siento un segundo a aclarar las dudas comienzo a hacer lo mismo que ellos. El informe dice que justo ayer alguien registró las marcas; Rojo Contra Fanma Y Y Pasiones TVN. A diferencia de lo que uno podría pensar están a nombre de un cualquiera y no de Televisión Nacional o alguna productora. Otros personajes aún menos glamorosos registraron el bar ENTRECHELAS” y un seguro fanático de ñublense – equipo de fútbol de Chillán – pagó por ser el dueño de la marca Loganiza Mecánica, cómico apodo que se le puso a ese club en referencia a la famosa Naranja Mecánica, la increíble selección de fútbol de Holanda que jugó los mundiales de 1974 y 1978. Son las 12:00 y ya tengo claro que la mayoría de la gente que viene a registrar marcas, logos o invenciones son abogados que se dedican especialmente a esto. Todos visten muy formales y cargan carpetas con archivos. Ah, claro. Además de marcas y por consiguiente logos, acá también se pueden registrar inventos de todo tipo, dentro de los que claramente entran diseños industriales. Pero si registrar un logo tiene varios pasos, mejor no complicarse con otras cosas. Qué más? Tengo otra pregunta Qué pasa si la revista de un momento a otro pasara a ser en papel? Hay que hacer todo de nuevo o servirá de algo la marca ya registrada de una revista virtual? Vuelvo al mesón del fondo: Informaciones. -Disculpa, tengo una duda, qué pasa si la revista virtual, pasa a ser impresa en el futuro? Tengo que pagar de nuevo o me protege el registro de marca que ya hice? -No, porque si usted registra la revista virtual y después quiere hacerla en papel, eso es otra cosa -y qué hago ahí? -Tiene que llenar el formulario de producto 16 -y pagar de nuevo todo? -claro, porque es otra cosa. Aunque parezca un procedimiento extraño y si bien la mayoría de los que finalmente registran un logo o una marca son personajes especializados en ello, el trabajo que acá se hace da para mucho. De hecho el Diario Oficial publica todos los viernes un apartado dedicado sólo a las marcas, logotipos e invenciones. Es mucha la gente que a la semana paga por registrar algo. Sólo para constatarlo hay un dato ejemplificador: esta semana el Diario Oficial cobró 13 millones de pesos (según sus tarifas) por publicar un cuerpo de 24 páginas dentro de las que sólo existen registros de marcas, logotipos y extrañas invenciones que van desde un control remoto hasta una secadora de manos. DATOS úTILES Departamento de Propiedad Industrial Moneda 970. Décimo Piso. Atención: Lunes a Viernes 9:00 a 14:00 horas. VALORES: FORMULARIO = $1.000 REGISTRO: 2 UTM = $65.058 SOLICITUD: Un UTM = $32.529 REGISTRO: 2 UTM = $65.058 FOTOCOPIAS = $100 VALIDEZ REGISTRO = 10 años. Paso a paso 1) Completar el formulario de acuerdo con la clase de servicio o producto que se relaciona con la marca, y por lo tanto el logo. Existen 35 tipos de producto y once tipos de servicios distintos, para dar un ejemplo, podrían ser servicios de publicidad. 2) Entregar tres copias del formulario con sus datos de solicitud, junto con seis logos. 3) Para oficializar la solicitud, pagar una unidad tributaria mensual de $32.529 4) Para que sea aprobada la solicitud, esperar 30 días hábiles. 5) Publicar el extracto en el diario oficial. Se cobra por espacio al igual que en cualquier otra publicación y el valor variará según el espacio que se requiera ocupar en el diario. No hay diferencias desde el punto de vista legal. No obstante, si se desea que varios logotipos de una marca sean registrados la suma a pagar será mayor. 6) Si alguien se opone al registro de la marca hay que esperar 30 días hábiles. 7) El DPI elige denegar o aprobar, dentro del plazo establecido tras la publicación en el diario oficial y tomando en cuenta las posibles oposiciones a la creación de la marca y sus antecedentes. 8) Pagar dos Unidades Tributarias al mes. 9) Después de el proceso se entrega un certificado que defiende la posesión de una marca y a su logo vinculado. Al cual se puede recurrir en caso de que otras personas utilicen la representación gráfica de tu marca, en los artículos 28 y 29 de la ley 19.039, según lo establecido, el registro tiene es válido por 10 años que son renovables de forma indefinida. Es normal que utilicemos algún logotipo o nombre que nuestro negocio sea identificable, durante toda nuestra vida comercial. No obstante, es necesario saber por qué se debe proteger a ese logo o nombre. En este artículo te vamos a orientar para que empieces a aprendes. Las marcas comerciales pueden tratarse de una mezcla entre dígitos, letras, símbolos, dibujos, incluyendo sonidos y efectos audiovisuales. Por qué debo registrar mi marca? Porque la marca no es tuya hasta después de que sea registrada ante la ley, por lo que cualquier otra persona puede solicitar un registro del elemento que estés utilizando como marca, apropiándose, a su vez, de la misma en conjunto con todo tu prestigio comercial y el esfuerzo que pusiste en ese símbolo. De hecho no sólo estarás convirtiéndote en el dueño o dueña de la marca que registres, sino que también serás capaz de oponerte a que cualquier tercero que la esté utilizando sin tu consentimiento o a que otra persona registre una marca parecida o que sea una copia de la tuya para que se identifique un negocio perteneciente a la misma especia. Debo contratar a un abogado para registrar mi marca? Cualquier persona puede solicitar el registro de una marca en un principio. Pero la representación de un abogado puede ser necesaria en algunos casos: 1) Para contestar las interrogantes que pueda realizar el INAPI, Instituto de Propiedad Industrial, señalando que tu marca no cumple con los lo necesario para que sea registrada, lo cual términos legales significa que INAPI presenta observaciones de fondo. 2) Si alguna otra persona se opone al registro, alegando que tu marca afecta de alguna forma a la que ella tenía inscrita anteriormente, la contestación tendrá que ser realizada por medio de un abogado. 3) Debes presentar un recurso de apelación, redactado por un abogado, para poder insistir si el INAPI rechaza el registro de tu marca Cuánto cuesta registrar una marca? El valor a pagar hoy en día es de 3 UTM por cada clase que se registre. Una clase es el tipo de servicios o producto que la marca identifica; por ejemplo, la clase 28 se refiere a juguetes, la clase 39 a transportes y la clase 20 a muebles. En un tratado internacional, conocido como Clasificación de Niza, se estableció dicha clasificación, pero en la página web del Instituto de Propiedad Industrial, INAPI, puedes hallar fácilmente un clasificador de productos y servicios, Esto te ayudará a definir para cual clase debes solicitar la protección. Es importante destacar que es posible solicitar la inscripción de una misma marca para en varias clases diferentes, teniendo que pagar una suma de tres UTM por cada clase que se registre. Hay que sumar los costos de los eventuales honorarios de un abogado y la publicación a este presupuesto. Por qué elegir la clase es importante? Porque el registro sólo va a proteger a la marca en las categorías que hayas solicitado, por lo tanto, cualquier otra persona podría solicitar la inscripción de una marca similar a la tuya en una clase distinta, aunque si los servicios o productos guardan cierta similitud que puede llegar a causar confusión entre los consumidores podrías oponerte de todas formas. Por ejemplo: Si se tratara de una marca para la clase 43, que comprende a restaurantes, probablemente sería negado so una marca del mismo nombre está registrada en la clase 33, para bebidas alcohólicas; esto podría causar confusión debido a que los consumidores pueden creer el dueño del restaurant también es el productor de las bebidas alcohólicas. Cuánto tiempo dura la protección de una marca? Dura diez años, tras los cuales puedes solicitar una la renovación de la marca por otros diez años, y así sucesivamente. 6 UTM por clase es el precio de la renovación. Cuál es la extensión territorial en la que tu marca es protegida? Cuando registres tu marca solo tú podrás utilizarla para la clase o clases que hayas solicitado, por todo el país, con la única excepción de los establecimientos comerciales que sólo son protegidos según su región, pero que también pueden solicitarse para más de una región.

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