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  • 28 febrero 2022

Columna de opinión: el debilitamiento del derecho de propiedad ¿una caja de pandora?

Tal problemática, surgió a raíz de una sentencia de la Excelentísima Corte Suprema el pasado 19 de enero del 2022, en la que, debido a la ocupación y/o toma ilegal de un terreno en la Quinta Región, el máximo tribunal del país, pronunciándose sobre un Recurso de Protección, “acogió” el recurso, pero sin ordenar el desalojo de los ocupantes ilegales. Es más, ordenó que los afectados (dueños del terreno) se coordinasen con las autoridades estatales, a fin de buscar una solución de manera conjunta que solucione la situación de los propietarios del terreno y de los ocupantes ilegales. Así las cosas, a la fecha ya se han sumado dos casos en los que la Corte Suprema sin ordenar el desalojo de los ocupantes ilegales, impone la carga no sólo en los propietarios, sino que también, según un reciente fallo, en el Ministerio Público, ordenándole a iniciar una investigación de los hechos y a formular las acusaciones que correspondan. Este último caso corresponde a sentencia en autos del 14 de febrero del 2022 N° de ingreso de Corte 42.564-2021 de la Excma. Corte Suprema. El Derecho de Propiedad está consagrado en el artículo 19° N°24 de nuestra Carta Fundamental. Asimismo, tiene una amplia, pero no tan eficiente, protección en distintos cuerpos normativos. Hoy en día, por si no fuere suficiente, se observa débil y desvanecido. Los riesgos que generan este tipo de decisiones judiciales -además del preocupante “incentivo” a la toma de terrenos ilegales sin una sanción palpable, ni soluciones aceptables a los propietarios- consisten en la pérdida de la oportunidad de restablecer el imperio del derecho y el olvido en las decisiones judiciales en el otorgamiento de certeza a las personas, puesto que así se constituye la debida protección de sus derechos. La respuesta no está dada por involucrar otras entidades estatales que, si bien “suenan bien” en el papel en base a una justicia integral, en la práctica esto se traduce en más burocracia, gastos innecesarios, pérdida de tiempo y recursos, y una ineficaz decisión judicial en la problemática. Esta tendencia jurisprudencial, no sólo carece de fundamentos, sino que favorece la ilegalidad del negocio inmobiliario, véase el caso de “loteos brujos”. Por otra parte, existen una serie de acciones judiciales, además del Recurso de Protección, que buscan proteger el Derecho de Dominio que tenemos sobre los bienes. Sin embargo, ellas no son ajenas de riesgos, complejidades y, muchas veces, demoras en la tramitación de las mismas. Históricamente, los Tribunales de Justicia no han mantenido una postura definida en estas materias, y al dictar sentencia luego de largos y extendidos juicios, la justicia deja de ser tal. Sin duda alguna, nuestro país atraviesa un importante desafío de cara a una nueva Constitución. Este dilema, podría configurar un factor y componente significativo a la hora de robustecer las herramientas legales que permitan una adecuada y oportuna protección del Derecho de Propiedad. Como país, ¿Aprovecharemos la oportunidad histórica de propender a la seguridad en los derechos de los ciudadanos? O bien, ¿Vamos en camino a un retroceso, suprimiendo el progreso y fortalecimiento alcanzado durante décadas? Benjamin Lund Abogado

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