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  • 16 diciembre 2021

Cambio de imagen de marca y propiedad industrial

Paseando con mi hija por la costanera de Viña del Mar, noté en un kiosco un envase de una galleta que me llamó la atención. CHOKITA”, la marca comercial, que vino a reemplazar a la afamada NEGRITA” de Nestlé, como resultado de ciertas demandas sociales por un aparente uso de términos despectivos o racistas” para referirse a una persona de piel morena. No le di mayor importancia, más allá del revuelo que causó en noticias y redes sociales, existiendo diversas opiniones, en favor y en contra del cambio de imagen del producto. Días después, y a raíz de una conversación telefónica con un cliente, volvió este tema a mi mente, generando así la necesidad de escribir sobre un asunto de suma relevancia para todo titular de marca en el mercado: La importancia del registro de modificaciones de etiquetas de marcas comerciales. Al igual que la vida y la sociedad, las marcas comerciales no permanecen inmutables en el tiempo. Tal como avanza la humanidad, las marcas se van modificando, presentando cambios principalmente a nivel de etiquetas, elemento visual de gran importancia y relevancia para generar presencia entre consumidores. Ejemplos, existen muchos. Basta con realizar una sencilla búsqueda en internet sobre la historia de diversas marcas comerciales para darnos cuenta cómo éstas han variado con el tiempo, presentando diferencias en forma, colores, elementos, y en algunos casos, incluso a nivel de palabras. Ahora bien, es importante aquí señalar que, un cambio sin registro, no es útil si es que esperamos ser protegidos bajo el amparo de la Ley de Propiedad Industrial como titulares de derechos de marca. A continuación comentaré el porqué. Sin entrar en tecnicismos legales, comentar que existe un artículo que se refiere a este asunto, indicando como instrucción, en términos sencillos, que las marcas comerciales deben ser utilizadas en la forma que son aceptadas a registro (artículo 29 del Reglamento de Ley de Propiedad Industrial). Dicho de otra forma, si registro la marca Emperador con una etiqueta que incluya una espada y un trono para distinguir ropa en clase 25, para gozar de protección, debo utilizar mi marca, EMPERADOR” en el mercado (tienda física, redes sociales, sitios web, etc.) de esta forma. Así, si al cabo de un par de años realizo un cambio de imagen corporativa, incluyendo modificaciones en la etiqueta de mi marca comercial, reemplazando la espada y el trono del logo original por una corona y un castillo; no registro esta nueva imagen, sólo tendré protección respecto de la etiqueta original, sin que pueda resguardarme de usos no autorizados, o bien, exigir el cese inmediato del uso de etiquetas idénticas o similares a la mía en donde se incluyan coronas y castillos para productos de clase 25. Por ello entonces, reviste vital importancia el solicitar nuevos registros, tantas veces sea necesario, a medida que actualizamos el aspecto visual de nuestra marca comercial, para así gozar de protección registral respecto de estas nuevas etiquetas y diseños. Manuel Concha Abogado Propiedad Intelectual

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