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  • 25 junio 2016

Beneficios de registrar tu marca comercial en Chile

El registro de marcas el Chile ha presentado una tendencia de crecimiento en los últimos años, sin embargo las últimas reformas presentan claras ventajas para registrar en el país. En este artículo se da un vistazo a estas ventajas desde varios ángulos. Para empezar INAPI se perfila como una de las instituciones con mejor percepción por parte del público, además en años recientes ha introducido una serie de reformas que han contribuido a agilizar los trámites en la institución. El abaratamiento de los costos y la competitividad frente a los registros de otros países también son un resultado a mostrar. Existen varios indicadores que ratifican la confianza de los chilenos en el registro de marcas en Chile. Para empezar podemos tomar en cuenta la persistencia en solicitudes de marcas. Cómo ha crecido el registro de marcas por usuarios que ya habían registrado previamente, por ejemplo. El objetivo es perfilar el porcentaje de solicitudes de marcas que hayan sido presentadas por los solicitantes que utilizan con frecuencia el sistema de marcas. La cifra distingue entre tres tipos de solicitantes: (i) los que presentan documentos"una sola vez", que son solicitantes de registro por primera vez en un año determinado y que no presenten de nuevo una solicitud de registro; (ii) los documentos presentados por los solicitantes que presenten por primera vez en un año dado, que puede ser interpretado como "entrada" en el trademarking - y que soliciten un registro nuevo en un año posterior; y (iii) los solicitantes de registro documentos presentados en un año determinado por los solicitantes que han presentado una marca ya en un año anterior. La cifra revela una sorprendente parte estable de los solicitantes de una sola vez con el tiempo de alrededor del 20%. Esto implica que el crecimiento observado en solicitudes de marcas no es impulsado de manera desproporcionada por personas que sólo presentan una vez y no hacen mayor cosa con los registros. La mayoría de las solicitudes de marcas provienen de la repetición de declarantes, lo que sugiere que las marcas comerciales subyacentes se utilizan con un propósito comercial. Otra manera de mirar esto es calcular el porcentaje de solicitudes por los solicitantes que han presentado al menos una aplicación en el año anterior. A partir de 1992 los solicitantes han aumentado constantemente durante el período 1992-2010, desde justo por debajo del 50% en 1992 a casi el 75% en 2010. En otras palabras, los solicitantes han representado repetición del crecimiento de presentación más rápido que los solicitantes que no repitieron con un proceso de registro. Un análisis más detallado de los datos revela que esto es debido a un aumento en el número de candidatos de repetición en lugar de un aumento del número medio de los documentos presentados por dicho solicitante. Parece que el rápido crecimiento de solicitudes de marcas en Chile ha sido impulsado por una ampliación de la base solicitante y especialmente por un número cada vez mayor de los solicitantes que presenten varias veces registros para sus marcas. Este patrón es consistente con una economía de diversificación, aunque los que, precisamente, son los impulsores del cambio de la base solicitante merecen una mayor investigación. Las clases de Niza especificadas para una solicitud de registro de marca han venido disminuyendo. En promedio las marcas se presentaron en un poco menos de 2,5 en clases de Niza hasta 2005. Entre 2005 y 2006, el número promedio de clases cayó bruscamente de 2.3 a 1,3. También cae bruscamente de 4 a 2 clases de Niza en 2006. Esto sugiere un fuerte cambio en la conducta de presentación de con la mayoría de los solicitantes que se mueven desde la especificación de dos clases de Niza para la presentación de solicitudes en una una sola clase. Es de destacar, sin embargo, que no hay un salto discernible en el número total de solicitudes de marcas. Uno podría haber esperado ver un salto ya que las empresas podrían haber decidido presentar más solicitudes de marcas en Menos clases, pero no hay evidencia inmediata de esto. Chile introdujo en 2012 un sistema multiclase cuando el Tratado sobre el Derecho de Marcas (TLT) se presentó a la fuerza. Antes de eso, los solicitantes sólo podían especificar varias clases para cualquier producto dentro de las clases (Niza 1-34) o servicio (Niza 35-45). Existe una clara tendencia en el tiempo con respecto a la participación de las marcas de servicios que aumentaron de 24% en 1991 a casi el 40% en 2010. Este cambio refleja una tendencia general en la economía chilena hacia los servicios. La caída en el número promedio de productos en las clases de Niza se puede atribuir a una modificación del procedimiento de solicitud de marcas, que estaba incluido en la modificación de 2005 de la ley. La modificación establece la obligación de especificar los productos que deben ser protegidos por cada clase de Niza para la que aplican. Antes de 2005 las marcas podrían ser presentadas para todos los productos en una clase dada de Niza sin tener que especificar cualquier producto. A través de este requisito, la enmienda hace que sea más difícil de aplicar para un mayor número de clases de Niza. En contraste con las marcas de productos, servicios, marcas que ya estaban sujetas a este requisito (tener que especificar los servicios que serán objeto de una clase determinada de marca comercial) antes de 2005. Esto significa que la modificación de 2005 no tuvo ningún efecto directo en el comportamiento de llenado de clases de servicio. Sin embargo, la fuerte caída de la reacción a este cambio administrativo es sorprendente. Una ventaja clara del proceso de registro chileno es que tanto las patentes como las marcas son exhaustivamente revisadas para que su registro se realice sin errores y con la seguridad de que funcionan en el mercado, sin causar algún tipo de confusión. En el caso de las patentes se verifica que el invento en cuestión realmente funcione al hacer su reconstrucción. Estos procedimientos no se realizan en otros países y aunque siempre queda el espacio para las oposiciones y litigios,evita muchas de estas situaciones problemáticas. El procedimiento El registro de las marcas distingue entre las marcas de productos, servicios, comercial establecimientos industriales, establecimientos, lemas, y las indicaciones geográficas o denominaciones de origen. Los solicitantes tienen que proporcionar información sobre sí mismos y sus posibles representantes legales. El formulario de solicitud tiene que especificar la marca comercial solicitada, la descripción de la marca y la clase de Niza solicitada. El procedimiento de registro de una marca en Chile tiene dos etapas: (i) la presentación de una aplicación, su examen de forma y publicación en el Boletín Oficial; y (ii) un examen de fondo. En caso de oposición, el caso es evaluado de forma paralela a la etapa de examen de fondo. La tasa de solicitud de una marca es de alrededor de 1 UTM por clase. Antes de 2012, los recurrentes sólo aplicaban para las clases de productos o servicios, pero no por una combinación de ambos. Examen de forma El examen de forma se asegura de que una solicitud cumple con los requisitos formales, pero no proporciona ninguna evaluación de los méritos de la aplicación. Si una aplicación se encuentra con los requisitos formales, se publica en el Diario Oficial por el pago de una tasa de publicación. El costo de la publicación depende del tamaño de la aplicación; en promedio cuesta 1 UTM. Después de la publicación, las terceras partes tienen 30 días para presentar una oposición. Si no se presenta oposición, el procedimiento pasa a la etapa de examen de fondo. Oposición La parte contraria tiene que ser representada por un abogado. Toda la información relacionada con la oposición está disponible públicamente. El solicitante tiene 30 días para responder a la oposición. Examen de Fondo Después del período de 30 días para presentar una oposición, la solicitud es examinada sustantivamente. El examinador lleva a cabo búsquedas de marcas similares dentro de la clase de Niza para los que se solicita la cobertura, así como clases relacionadas. Sin embargo, una búsqueda también se puede llevar en todas las clases relacionadas para determinar la existencia de marcas que pueden crear confusión. En Chile, los examinadores de marcas deben identificar todas las posibles causas de rechazo. Diferentes motivos de rechazo no son mutuamente excluyentes y pueden ser invocados en combinación. Sin embargo, un único motivo es suficiente para rechazar una solicitud de marca. Si una aplicación pasa con éxito el examen de fondo, la marca comercial es registrada. En este punto, otra cuota de alrededor de 1 UTM por clase queda por pagar. Si una marca es rechazada, el solicitante puede presentar una apelación al Tribunal de Propiedad Industrial dentro de los 30 días hábiles siguientes al la comunicación de rechazo. Cancelación de Marcas El procedimiento para cancelar una marca registrada es similar al procedimiento de oposición. El titular de la marca tiene 30 días para responder. INAPI abre ahora un plazo de 30 días para que ambas partes presenten pruebas. Este plazo podrá ser ampliado por 30 días. Si INAPI cancela la marca, se considerará inválida en conteo a partir de su fecha de concesión. Protección de la Propiedad intelectual De acuerdo con la ley chilena, la infracción de la propiedad intelectual puede ser sancionado por tanto civiles como penales, en función del tipo de infracción. Los derechos de propiedad intelectual se aplican en tribunales civiles o criminales. La ley de propiedad industrial chilena considera lo siguiente como actos de infracción de marca registrada: a. El uso comercial de mala fe de una marca igual o similar a otra marca que ya está registrada para los mismos productos, servicios o establecimientos relacionados con la marca registrada; b.segundo. El uso comercial de una marca no registrada, caducada o anulada, falsamente que indica que es una marca registrada; c.El uso comercial de envasado que contiene una marca sin derecho a utilizarlo o sin haber eliminado la marca antes de utilizar el embalaje. La ejecución penal Todos los delitos son punibles con multas de entre 1.394.000 pesos y 55.000.000 pesos. En caso de reincidencia, las multas pueden ser dobles (que tienen un límite de 112.000.000 pesos aproximadamente). Ambos daños compensatorios y el pago de abogados y costes razonables están disponibles. Todo el material que permitió la infracción, así como todos los productos infractores pueden ser incautados y destruidos. Cumplimiento Civil El titular de un derecho de propiedad intelectual que sea lesionado podrá, en todos los casos, presentar una demanda civil solicitando: la cesación de los actos de infracción; la adopción de medidas para impedir la continuación de los actos de infracción; 36 Artículo 61 y 67 Ley 19309 La publicación de la sentencia a costa de la parte vencida en un periódico elegido por el ganador del juicio. Los daños pueden ser calculados con base en el derecho de daños o determinando a través de a) perdida/beneficios, b) los beneficios obtenidos por el infractor como resultado de los actos de infracción, o c) ganancias no percibidas De acuerdo con la ley, las entidades que producen o que infrinjan el mercado son responsables de daños sólo si son conscientes del hecho de que están infringiendo un derecho de PI. Los recursos civiles, con excepción de aquellos considerados como "acciones de restitución" se pueden obtener en procedimientos penales. Esto y el hecho de que los procedimientos penales son generalmente más rápidos y llevados a cabo por un fiscal del gobierno (con o sin la ayuda de una empresa privada de abogados, hacer demandas penales es más común que las demandas civiles.

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