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  • 01 junio 2021

Airbnb en edificios residenciales

...Mucho se ha discutido sobre la normativa legal aplicable a los Airbnb, ya que al no existir norma legal expresa que los regule, la discusión se ha trasladado a tribunales, quienes a medida que este tipo de negocio prolifera, ha establecido su postura en la materia... En primer lugar es conveniente recordar que la copropiedad es un tipo de dominio en que se conjugan derechos individuales, ostentados por el propietario de cada unidad, y los derechos colectivos que son ejercidos por todos los copropietarios sobre los bienes comunes, encontrándose regidos todos ellos por el Reglamento de Copropiedad vigente en cada caso. Así las cosas, existiendo copropiedad y su respectivo reglamento, será la administración de cada condominio la llamada a fiscalizar su correcta aplicación, regulando la convivencia de los copropietarios y organizando a los mismos para hacer las modificaciones que les permita el ámbito legal dentro de las asambleas respectivas. La mayoría de los reglamentos de copropiedad de edificios habitacionales, establecen la obligación para los copropietarios en cuanto a destinar sus unidades para su destino natural, esto es, el habitacional, lo que deja de lado la posibilidad de transformar un departamento, por ejemplo, en un local comercial. Pero el arriendo de una propiedad por días o semanas ha generado discusión en cuanto a si se trata o no de un contrato de carácter civil, como cualquier contrato de arriendo o uno de carácter comercial, asimilable a los denominados apart hotel. Respondiendo a lo anterior, nuestros tribunales superiores de justicia han entendido que la limitación del cambio de uso de un inmueble por parte del reglamento de copropiedad no representa una vulneración al derecho de dominio sobre una cosa, el que, en su esencia, implica la facultad de usar, gozar y enajenar el mismo bien, permitiendo el arriendo de estos. Así lo ha confirmado nuestra Corte Suprema, la que en numerosos fallos ha distinguido y analizado el caso de apart hoteles y Airbnb en particular, donde la tendencia mayoritaria es considerar que las unidades arrendadas por periodos diarios o semanales a pasajeros de tránsito, tiene una esencia eminentemente comercial. Lo anterior, se ve ratificado por el uso de plataformas digitales para el ofrecimiento de los inmuebles en arriendo bajo estas condiciones y la falta de ánimo de permanencia de los huéspedes, con lo cual, se entiende que aquella persona que arrienda un departamento como Airbnb en un edificio residencial, se encuentra ejerciendo un giro de Apart Hotel, con lo que se infringe directamente el reglamento. En definitiva, si bien el arriendo por días o semanas puede parecer un tipo de contrato civil, nuestra jurisprudencia ha sido clara en calificar ello como comercial, dadas las características propias de este tipo de arriendo teniendo un giro comercial específico y regulado, exponiéndose quien ejerza este tipo de conductas a las multas y sanciones que establece el mismo reglamento de copropiedad así como a las demás acciones legales que pueda iniciar la administración en su contra. Leticia Campos Garnier Abogada derecho civil

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